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Los discapacitados pueden cobrar su pensión y trabajar según el Supremo

Sociedad

Los discapacitados pueden cobrar su pensión y trabajar según el Supremo

24.11.09 - 02:43 -
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Las personas que tienen diferentes grados de invalidez pueden trabajar y además cobrar una pensión pública. Así lo ha establecido el Tribunal Supremo en una sentencia favorable a una mujer que en el año 2004 sufrió un accidente laboral que le dejó tetrapléjica. Como consecuencia de su estado físico, la Seguridad Social le concedió una pensión de invalidez de 587 euros mensuales. La mujer, C. C., de 31 años de edad, no se conformó con esa dotación y dos años más tarde de sufrir el accidente empezó a trabajar como asesora social en el Instituto Guttman de Barcelona, el centro que le trató tras el siniestro, y donde cobra poco más de mil euros mensuales.
Tras incorporarse, la mujer se lo comunicó al Instituto Catalán de Evaluaciones Médicas del Instituto Nacional de la Seguridad Social, que le respondió que no le revisarían su grado de invalidez, pero que sí le dejarían de pasar su pensión, como consecuencia de su ingreso en el mercado de trabajo. C.C. recurrió la decisión de la Seguridad Social y el Juzgado de lo Social número 3 de Barcelona le dio la razón. Le dijo que tenía derecho tanto a la pensión, como a su sueldo. El Tribunal Superior de Justicia de Cataluña, en cambio, dijo todo lo contrario, en un fallo a un posterior recurso presentado por la Seguridad Social.
La sucesión de apelaciones llegó hasta el Supremo que ahora señala que sí es posible compatibilizar la pensión de gran invalidez con su sueldo de asesora en el Instituto Guttman.
«Este planteamiento cobra pleno vigor si se atiende a las nuevas tecnologías, particularmente informáticas y de teletrabajo, que consienten pluralidad de actividades laborales a jornada completa a quienes se encuentran en situaciones de incapacidad permanente o gran invalidez, de manera que la compatibilidad ahora defendida representa un considerable acicate para la deseable reinserción de los trabajadores con capacidad disminuida», señala el fallo del Supremo.
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