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El Juzgado anula la sanción a la Plataforma Villa Ataulio

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El Juzgado anula la sanción a la Plataforma Villa Ataulio

Se suprime la sanción impuesta desde la Delegación de Gobierno en Asturias, de 301 euros, por cortar el tráfico durante una concentración en contra del traslado al 'macrocentro' social del Natahoyo de Proyecto Hombre y el Albergue Covadonga

07.02.12 - 10:30 -
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El magistrado del Juzgado de lo Contencioso-Administrativo número 1 de Gijón, Jorge Rubiera, ha estimado el recurso presentado por el presidente de la Plataforma Villa Ataulio, por lo que se suprime la sanción impuesta desde la Delegación de Gobierno en Asturias, de 301 euros, por cortar el tráfico durante una concentración en contra del traslado al 'macrocentro' social del Natahoyo de Proyecto Hombre y el Albergue Covadonga.
Según la sentencia a la que ha tenido acceso Europa Press, el magistrado se basa en el derecho de reunión y en que durante el corte de tráfico llevado a cabo no se puso en peligro ni personas ni bienes. El Juzgado obliga ahora a devolver el importe de la sanción, más los intereses legales, al haber sido esta abonada ya.
Los hechos tuvieron lugar el 23 de abril de 2010, sobre las 20.00 horas, cuando dio comienzo en la avenida de Juan Carlos I, junto al solar de la antigua Suzuki -hoy día ocupado por el 'macrocentro' social-- una concentración que había sido previamente comunicada a la Delegación del Gobierno y para la que se tenía autorización.
Asimismo, en el lugar se concentraron unas 600 personas de forma pacífica, pero, unos diez minutos una vez iniciado el acto de protesta, un grupo pequeño de personas, seguido de unas decenas más, irrumpieron en la calzada interrumpiendo el tráfico durante unos 15 minutos.
Según el fallo, el presidente de la Plataforma, así como otros miembros de la directiva, intentó en muchas ocasiones que estas personas abandonaran la calzada y les explicó las consecuencias de ese acto. Esto fue escuchado por los responsables policiales que se encontraban al mando en ese momento. El tráfico fue desviado, aunque la incidencia fue "casi nula", según alegó en el recurso el demandante, como tampoco hubo peligro para los bienes o las personas.
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