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La AN desestima el recurso del Ayuntamiento a orden de expolio del Gobierno

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La AN desestima el recurso del Ayuntamiento a orden de expolio del Gobierno

Valencia, 5 jul (EFE).- La Audiencia Nacional ha desestimado el recurso contencioso administrativo interpuesto por el Ayuntamiento de Valencia contra la Orden del Ministerio de Cultura que declaró a finales de 2009 que el Plan Especial de Protección y Reforma Interior (Prepi) del Cabanyal supone un expolio al Patrimonio histórico y cultural.
Con la orden sobre expolio del patrimonio histórico y cultural, el ministerio evitó que la prolongación de la avenida Blasco Ibáñez hasta el mar destruyera la trama urbana del Cabanyal, un barrio de pescadores de la ciudad de Valencia con una arquitectura propia de baja volumetría.
La resolución de la Audiencia Nacional ha sido dada a conocer por la asociación Salvem el Cabanyal, que sólo ha facilitado el fallo, ya que sus abogados todavía no disponen de la argumentación completa.
Fuentes del Ayuntamiento de Valencia han indicado a EFE que los servicios jurídicos del consistorio están estudiando la sentencia y viendo las posibilidades de recurrir, por lo que han aplazado hasta mañana una valoración.
Según la asociación Salvem el Cabanyal, la sentencia de la Audiencia Nacional considera que el Ministerio de Cultura tiene capacidad para emitir la declaración de expolio, ya que el Estado central es constitucionalmente competente en materia de protección y conservación general del patrimonio histórico, y no sólo de las zonas declaradas BIC (Bien de Interés Cultural).
El tribunal, según las mismas fuentes, también establece que la orden del Ministerio es respetuosa y no invade la autonomía local porque no le dice al Ayuntamiento lo que tiene que hacer, sino solo que la prolongación de la Avenida Blasco Ibáñez es ilegal por constituir expolio.
Asimismo, apunta que no es ilegal que la declaración de expolio sea declarada por una Orden ministerial firmada por la Ministra, en vez de por una Resolución de la Dirección General de Bellas Artes, como alegaba el Ayuntamiento.
Salvem ha indicado también que, según la sentencia, "la alternativa deberá proponerla de nuevo el Ayuntamiento, modificando el Plan Especial de Protección y Reforma Interior (PEPRI) para hacerlo compatible con la protección del patrimonio". EFE


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