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La Audiencia rechaza aplicar la 'doctrina Botín' y procesará a 12 implicados

Tacha de «inadmisible» el nuevo intento de Renedo de quedar fuera del proceso reclamando que se la trate como a la infanta Cristina

R. M.

Martes, 27 de enero 2015, 03:34

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La Audiencia Provincial rechaza aplicar la 'doctrina Botín' a los procesados del 'caso Renedo' que habían solicitado abandonar el proceso. Los imputados recordaron que el difunto banquero quedó libre de un caso penal debido a que ni la fiscalía ni las supuestas víctimas habían formulado acusación alguna contra él. Ellos están en la misma situación. La Fiscalía y el Principado consideran que sólo existen indicios suficientes para actuar contra siete implicados, a pesar de que previamente la propia Audiencia había visto motivos para ampliar a 15 el banquillo de los acusados.

Los que quedaron libres del reproche de la fiscalía, plantearon entonces un recurso de súplica a la Audiencia, instándola a reconsiderar su posición. Sin embargo la Sala recuerda que la 'doctrina Botín' se vio posteriormente matizada. La jurisprudencia actual considera que si el delito se cometió contra el «interés comunitario», las acusaciones populares sí están suficientemente legitimadas para solicitar que alguien se siente en el banquillo.

En el 'caso Renedo' están admitidas como acusaciones populares la Asociación de Vecinos y Amigos de Llanes (Avall), el Bloque Progresista de Belmonte de Miranda y el Bloque por Asturies. Sumados los escritos de calificación de los letrados de estas tres asociaciones, resulta que hay formulada acusación por el delito de cohecho contra los trabajadores del Ayuntamiento de Oviedo Paz Rodríguez Pendás, Isaac Ovies y José Villa. Francisco Javier Juárez, del Ayuntamiento de Mieres, está en idéntica situación.

Por otra parte la Sala optó por desestimar una solicitud de Juan Carlos González, de la Universidad de Oviedo, a quien ya se excluyó anteriormente del proceso. Al trabajador de la institución universitaria se le reconoció el sobreseimiento provisional respecto a la causa, y su letrada interesó que el mismo fuera elevado a la categoría de sobreseimiento libre, un extremo que le ha sido denegado. En todo caso, se mantiene al margen del procedimiento.

El exdirector de Mieres, libre

La Audiencia en cambio sí estima los recursos del exdirector de la Politécnica de Mieres, Antonio Bernardo Sánchez, y de José Manuel Fernández. Nadie formuló acusación contra ellos y por eso se decreta el sobreseimiento provisional para ambos.

La Sala tacha de «no inadmisible» la súplica formulada por Renedo, y que confrontaba el trato que la dispensa la fiscalía con el que el Ministerio Público dio a la infanta Cristina en el 'caso Noos'.

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