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El Supremo ratifica anulación del Plan Territorial de Tratamiento de Residuos de Asturias

La sentenciadesestima el recurso de casación interpuesto por el Gobierno regional contra la resolución dictada en julio de 2013 que atendía la reclamación presentada por el Colectivo de Vega en Defensa del Medio Rural

EFE

Lunes, 27 de julio 2015, 20:56

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El Tribunal Supremo ha ratificado la nulidad del Plan Territorial Especial Supramunicipal para el Área de Tratamiento Centralizado de Residuos de Asturias, aprobado el 13 de mayo de 2011, al considerar que el Principado no atendió debidamente las alegaciones en el trámite de información pública.

La sentencia, contra la que no cabe recurso, desestima el recurso de casación interpuesto por el Gobierno regional contra la resolución dictada en julio de 2013 por el Tribunal Superior de Justicia de Asturias (TSJA) que atendía la reclamación presentada por el Colectivo de Vega en Defensa del Medio Rural.

La resolución dictada ahora por el Supremo, a la que ha tenido acceso Efe, impone las costas procesales hasta un límite de 3.000 euros a la administración autonómica y señala que el Principado admitía en su recurso que había incurrido "en un vicio de procedimiento" lo que, a juicio del Supremo, ya sería razón suficiente para desestimar su solicitud ante el alto tribunal.

Además, incide en que, de acuerdo con la vigente Ley del Suelo, en un proceso como éste no es suficiente con abrir formalmente un trámite de alegaciones "sino que es necesario dar respuesta razonada, lo que no se hizo en el caso enjuiciado".

La sentencia del TSJA declaraba la "disconformidad a derecho" del acuerdo adoptado el 13 de mayo por el pleno de la Comisión de Urbanismo y Ordenación del Territorio (CUOTA) por el que se aprobaba el plan, y su nulidad de pleno derecho.

El fallo hacía referencia a la jurisprudencia del Tribunal Supremo, que establece el trámite de audiencia en los procedimientos de elaboración de instrumentos de ordenación territorial "no supone la mera formulación de los distintos y diversos alegatos de las entidades y particulares participantes en la información pública".

El Supremo establece que debe garantizarse una "reposada lectura de los mismos por la Administración y su contestación específica sobre las razones que lleven a la aceptación rechazo de tales alegaciones para así considerar integrado y realizado el trámite de audiencia pública que debe posibilitar la corrección de errores, puntos de vista o cambios de enfoque en el contenido del Plan".

Por ello, el TSJA insistía en que "ese derecho a la participación no debe quedar reducido a la apertura formal de un trámite de alegaciones, sino que la Administración responsable de la tramitación debe tomarlas en consideración para rechazarlas o aceptarlas, lo que conlleva un análisis de fondo de las alegaciones y la consiguiente motivación y razonamiento sobre la decisión".

Las alegaciones del colectivo que presentó el recurso se centraban en tres puntos: la ausencia de un plan director de residuos que legitimara la elaboración del Plan Territorial Especial; la infracción del derecho a la información y la participación en asuntos medioambientales, y la insuficiente valoración ambiental del Plan Territorial.

De forma paralela a la presentación del recurso ante el Supremo, el Principado inició la tramitación de otro plan territorial especial "por razones de precaución y seguridad jurídica" que fue aprobado por el pleno de la Comisión de Urbanismo y Ordenación del Territorio en julio del pasado año.

El nuevo documento ordena urbanísticamente los terrenos del vertedero de Serín y facilitará la ampliación y construcción de instalaciones de gestión de residuos como la planta incineradora tras recibir casi 400 alegaciones en el periodo de información pública.

El texto deja ordenadas urbanísticamente de forma conjunta las más de 400 hectáreas de suelo que el Consorcio para la Gestión de los Residuos Sólidos (Cogersa) tiene en los concejos de Carreño, Corvera, Gijón y Llanera.

De esta forma, según el Gobierno, las actuaciones que quieran llevarse a cabo en las instalaciones de Cogersa podrán acometerse desde una regulación homogénea, frente a diversidad de requisitos derivados de los diversos planes generales de los municipios en los que se ubican los terrenos.

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