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Genaro Alonso, consejero de Educación del Principado.
Asturias estudia recurrir la decisión del Tribunal Superior de Justicia

Asturias estudia recurrir la decisión del Tribunal Superior de Justicia

El consejero Genaro Alonso esgrime que la Ley Orgánica para la Mejora de la Calidad Educativa (LOMCE) no alude expresamente a la necesidad de incluir una asignatura de tal naturaleza en primero de Bachillerato

EUROPA PRESS

Martes, 20 de octubre 2015, 19:54

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El consejero de Educación y Cultura, Genaro Alonso, ha anunciado este martes que su departamento ha encargado a los servicios jurídicos del Principado que evalúen la posibilidad de recurrir ante el Tribunal Supremo la sentencia que anula el horario de la asignatura de Religión en Primaria y en Primero de Bachillerato de esta materia en Primaria. Ya que, según el consejero del ramo, la Ley Orgánica para la Mejora de la Calidad Educativa (LOMCE) no alude expresamente a la necesidad de incluir una asignatura de tal naturaleza en primero de Bachillerato.

Por otra parte, el consejero de Educación también ha avanzado que los servicios jurídicos del Principado analizarán la posibilidad de recurrir ante el Tribunal Supremo la sentencia del TSJA que estima el recurso contencioso administrativo interpuesto por el sindicato ANPE contra el decreto 82/2014, de 28 de agosto, por el que se regula y se establece el currículo de la Educación Primaria. En concreto, el fallo anula el anexo V, referido al horario de Educación Primaria, que establece seis horas totales de Religión en esta etapa. El tribunal señala que el plan educativo de Primaria debe incluir la enseñanza de esta asignatura en condiciones equiparables a las demás disciplinas fundamentales y conforme al acuerdo sobre enseñanza y asuntos culturales suscrito entre la Santa Sede y el Estado Español.

No obstante, el consejero de Educación sostiene que el trato de esta materia con respecto a otras equiparables es homogéneo, ya que es evaluable, de oferta obligada (aunque de libre elección) y con una carga horaria que permite el adecuado desarrollo del currículo.

Por el contrario, el TSJA si ha avalado la decisión del Principado de Asturias de no ofertar la asignatura de Religión en el segundo curso de Bachillerato, por lo que desestima parcialmente el recurso contencioso administrativo interpuesto por el Arzobispado de Oviedo contra el decreto 43/2015, de 10 de junio, que regula la ordenación y establece el currículo de esta etapa educativa en Asturias.

La sentencia respalda así el dictamen del Consejo Consultivo del Principado de Asturias, que considera que la decisión se ajusta a la legalidad puesto que la exclusión de la asignatura de Religión se produce en el segundo curso de Bachillerato, equivalente al antiguo COU y, por tanto, fuera de los ámbitos pactados con la Santa Sede.

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