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Multa a Iberia por dejar en tierra a un gijonés que se perdió el nacimiento de su hija

Un juzgado le obliga a pagar 250 euros por anular el vuelo y a otros 200 «por daños morales» al padre, que no llegó a tiempo al parto en Cádiz

CHELO TUYA

Lunes, 8 de febrero 2016, 01:02

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«Estoy de parto». El 24 de septiembre de 2014 un gijonés recibió la llamada que llevaba nueve meses esperando. Su mujer, gaditana, ingresaba ese día en un hospital de Cádiz. Aunque ambos residen en Gijón, ella había decidido pasar el final del embarazo en su tierra natal. Sobre la marcha, el nervioso padre adquirió un billete de avión para ese mismo día. Un pasaje entre Asturias y Jerez, con escala en Madrid. Dos vuelos operados por Iberia. Pagó por ellos «un precio muy elevado», pero los horarios le permitían llegar a tiempo para asistir al nacimiento de su hija. O eso creía él.

LAS CLAVES

  • Demanda.

  • El 24 de septiembre de 2014 un gijonés compra un pasaje para volar de Asturias a Jerez ese mismo día. El vuelo, operado por Iberia, tiene escala en Madrid. Su hija iba a nacer en un hospital gaditano. A pesar de llegar a Barajas en hora, Iberia anula la ruta a Jerez. El gijonés se pierde el parto.

  • Fallo.

  • El Juzgado Mercantil número 3 de Gijón falla a favor de la demanda presentada por la Unión de Consumidores (UCE Asturias). Condena a Iberia a pagar 450 euros al gijonés 250 por anular el vuelo y 200 por «daños morales».

Porque, mientras su mujer paría en Cádiz, él se pasó la noche en Madrid. Donde le dejó Iberia, al anular la conexión entre los aeropuertos de Barajas y Jerez. Una decisión «injustificada», dice el Juzgado Mercantil número 3 de Gijón. El que acaba de condenar a la compañía a una multa de 450 euros: 250, por cancelar el vuelo; 200, «por daños morales». Los causados a un padre que no vio nacer a su bebé.

Para Dacio Alonso, presidente de la Unión de Consumidores de España (UCE), la sentencia «es ejemplarizante». Fue la entidad que preside el asturiano la que presentó la demanda en nombre del gijonés. «Los viajeros suelen dejar pasar estas cosas. No saben que, por ley, tienen derecho a una indemnización económica por cada cancelación. Y que los tribunales las conceden de forma automática. Además, al presentar nosotros la demanda, no tienen que pagar nada».

Explica Alonso que las indemnizaciones van «desde los 250 euros para vuelos de hasta 1.500 kilómetros; de 400 euros para los de más de hasta 3.500, y 600 para los intercontinentales. Hay que reclamar».

En esta ocasión, el tribunal decidió ampliar la multa. Además de los 250 euros a los que, por ley, tenía razón el viajero gijonés, «añadieron 200 euros más, en concepto de daños morales».

«Decían que no era verdad»

Dacio Alonso se mostró muy crítico con el comportamiento de Iberia en todo el proceso. «Pusieron en duda, en todo momento, el testimonio de nuestro socio. Decían que no era verdad que fuera a un parto, que no se sabe a qué hora nacía el bebé e, incluso, la compañía se atrevió a decir que en los hospitales no dejan entrar después de las 23 horas, que era cuando él tenía que haber aterrizado en Jerez».

En la sentencia, la jueza deja claro que «aunque la niña hubiera podido nacer antes, lo que no cabe duda es que, en este caso, el retraso de varias horas en la llegada necesariamente produjo en el denunciante un desasosiego y una inquietud que van más allá de la mera incomodidad o el correspondiente enfado». El vuelo de Iberia entre Madrid y Jerez no llegó aquel 24 de septiembre de 2014. Aunque con 15 meses de retraso, la indemnización sí lo hará. Contra el fallo no cabe recurso.

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