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Condenan a la CHC a restituir terrenos del valle de Guillón

La Audiencia Nacional ha condenado definitivamente a la Confederación Hidrográfica del Cantábrico a restaurar el medio ambiente en el Parque Natural de Fuentes del Narcea

europa press

Lunes, 17 de octubre 2016, 18:33

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Por medio de un auto de fecha 22 de septiembre notificado recientemente, la Sala de lo Contencioso-Administrativo de la Audiencia Nacional ha estimado la petición de la 'Asociación de Vecinos y Amigos de Valles de Gillón-Fuentes del Narcea' de que sea ejecutada una sentencia de 20 de marzo de 2015 que, estimando parcialmente el recurso de la Asociación, declaró la obligación de la Confederación Hidrográfica del Cantábrico de llevar a cabo la restauración medioambiental de los cauces situados en el Parque Natural de Fuentes del Narcea que están afectados por el depósito de estériles y la existencia de escombreras derivados de la mina explotada por Antracitas de Gillón, S.A.

La Confederación, representada por la Abogacía del Estado, alegó que según la Declaración de Impacto Ambiental de 27 de octubre de 2014, correspondiente al proyecto de restauración, la opción más favorable para el medio ambiente es no ejecutar la restauración. Por el contrario, la Asociación, representada por el abogado Javier Calzadilla, sostuvo que esa Declaración fue publicada meses antes de la sentencia pero no fue aportada al proceso, y por otro lado, que la Declaración también expresa que lo más adecuado sería hacer una restauración global en la zona.

La Audiencia Nacional, en el Auto de referencia, señala que "la postura de la Administración para no ejecutar la Sentencia en cuestión no es admisible. En primer lugar, la citada resolución de 27 de octubre de 2014, la Sala ha tenido conocimiento de ella durante la ejecución del presente incidente de Sentencia. En segundo lugar, ahora no se puede decir que lo mejor para el medio ambiente es no hacer nada, basada en una resolución anterior a la Sentencia de 20 de marzo de 2015, cuando la obligación de restitución de los terrenos en cuestión se acordó por resolución de 28 de noviembre de 2001".

Por tanto, la Sala concluye que procede ejecutar la sentencia "en sus propios términos, siendo el encargado de ejecutar la misma el Presidente de la Confederación Hidrográfica del Cantábrico, con la ayuda, si resulta necesaria, del Ministerio de Agricultura, Alimentación y Medio Ambiente, debiendo aquel presentar un cronograma de las actuaciones y el tiempo estimado para llevar a cabo las obras de restitución señaladas en la referida sentencia en el plazo de un mes". Por último, la Sala impone las costas procesales de la ejecución a la Administración.

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