Borrar
Reflejo de los juzgados de Llamaquique sobre las consejerías del Edificio Administrativo de Servicios Múltiples (Easmu).
Inspección detectó contratos fraccionados  y obras que el Principado inició sin firmar

Inspección detectó contratos fraccionados y obras que el Principado inició sin firmar

Los informes no enviados al fiscal señalan también a varios funcionarios que devolvieron el aval a una empresa pese a saber que incumplió lo suscrito

RAMÓN MUÑIZ

Lunes, 24 de octubre 2016, 01:47

Necesitas ser suscriptor para acceder a esta funcionalidad.

Compartir

Siete son los funcionarios que forman la Inspección General de Servicios, una suerte de 'policía de asuntos internos' del Principado, con 62 investigaciones realizadas entre 2010 y 2015. Los únicos tres informes que llegaron a un tribunal lo hicieron incorporándose al 'caso Renedo' y á una pieza separada del mismo; esto es, instrucciones penales que se abrieron a raíz de la denuncia de una ciudadana. Las conclusiones de las 59 causas restantes ocupan 85 páginas de lenguaje administrativo en las que la palabra «irregularidad» se desliza siete veces e «infracción» ocho. Ningún de estos indicios fue comunicado a la fiscalía o el juzgado, prefiriendo la Administración aquietarse o lavar los trapos sucios en casa.

La Consejería de Hacienda y Sector Público ha dado transparencia a parte de los informes, lo que permite analizar por vez primera el trabajo de una unidad clave en la lucha contra la corrupción, pero cuya labor era hasta ahora poco conocida. La documentación prueba que, en esa intimidad, la Inspección sugirió en dos ocasiones actuar contra exdirectivos negligentes y reclamar que compensaran con su patrimonio el perjuicio causado, una vía que no se siguió.

Ocurre con el informe del 5 de octubre de 2010. Analiza 22 sentencias diferentes perdidas por reclamaciones laborales. La investigación detalla quién metió la pata modificando las relaciones de puestos de trabajo sin seguir el trámite adecuado, qué jefe dio más competencias de la debida a unos becarios o por qué a personal contratado para labores temporales había que incorporarlos como indefinidos. La conclusión es que «las infracciones graves o leves» detectadas habían prescrito en lo referente a poner sanciones, pero que «cabría la posibilidad de exigir responsabilidad patrimonial cuando de la conducta negligente que fuere individualizable se derivaren daños o perjuicios para la Administración».

El informe del 28 de julio de 2014 supervisó la vigilancia de edificios públicos durante cuatro años, localizando indicios de fraccionamiento indebido de contratos. La Inspección asume que una «deficiente previsión» obligó a tirar de contratos menores para mantener a los guardas de seguridad en los edificios públicos, pero confirma que había maneras más legales de salir del paso.

En la encomienda para custodiar la ciudad de vacaciones de Perlora, el funicular de Bulnes y el Palacio de Justicia de Oviedo «no parece que sea posible admitir la utilización del fraccionamiento contractual como un medio para cubrir el periodo de transición entre contratos mayores, pues en los tres casos ese periodo es tan prolongado (de varios años) que no es posible justificar un uso provisional de la contratación menor en lugar de la preceptiva contratación mayor, ni aun admitiendo una previsión deficiente en la programación de la transición entre contratos mayores». Parecido ocurre con la vigilancia de las instalaciones del Serida en el monte Deva, donde «no cabe justificar el fraccionamiento contractual como un instrumento excepcional y provisional» porque no hubo concurso público previo o posterior.

Tras la condena a González

La responsabilidad de este troceo de encargos la atribuyen los inspectores al director general de Interior «por ser éste el órgano administrativo que tenía atribuidas las funciones relativas a la vigilancia y protección de los edificios (...) y por ser quien conformó todas las facturas». Un detalle. El informe, queda dicho, es de julio de 2014. Dos meses antes el Tribunal Superior de Justicia de Asturias (TSJA) condenó a siete años de inhabilitación al entonces diputado de IU Ángel González por fraccionar en tres contratos menores un suministro de hitos conmemorativos.

El informe sobre la seguridad reconoce además «diversas anomalías, de diferente importancia». En tres de los casos «no se realizaron ninguna de las mejoras técnicas o instalaciones ofertadas». En dos «quedaron sin ejecutar parte de las mejoras». Hay tres donde las garitas y obras se hicieron «con posterioridad a la terminación de los contratos, resultando, además, que en dos de estos casos esa ejecución retrasada fue realizada con cargo a contratos posteriores, para cuya adjudicación fueron ofertadas y valoradas las mismas mejoras que ya deberían haber sido ejecutadas y entregadas». Intervención reconoce que en estas obras sin hacer, a medias o con retraso, «la dirección técnica de la ejecución no exigió la ejecución de esas mejoras, habiendo informado favorablemente, además, a la liquidación de esos contratos y la devolución de las correspondientes garantías». De esto, precisa el dictamen, la responsabilidad recae en «quien, en cada caso, desempeñaba el cargo de director técnico de la ejecución».

Las vergüenzas llegan más arriba en el escalafón. El dictamen del 28 de febrero de 2013 estudió cuatro obras que empezaron antes de que el consejero competente firmara los contratos. Pasó en la transición entre el Gobierno de Francisco Álvarez-Cascos y el primero de Javier Fernández, e Intervención constató que no existió razón jurídica alguna para que el consejero no cumpliera su «obligación» de rubricar la adjudicación. La situación expuso a la Administración regional a tener que indemnizar a las empresas por el retraso en la formalización y a la pérdida de fondos del Estado destinado a cofinanciar los trabajos.

«Lo más razonable es que la administración, una vez constatada la irregularidad», hubiera suspendido las obras por falta de contrato y para no tener que indemnizar aun más a las empresas, reflexiona el dictamen. Sin embargo, los técnicos constatan «que los responsables del departamento competente eran conocedores de la irregularidad en cuestión, sin que se adoptase medida alguna al respecto, y consintiendo que se continuase la ejecución de las obras hasta su completa terminación». La falta de contrato impidió abonar luego las certificaciones «por el cauce ordinario, debiendo tramitarse expedientes de levantamiento de reparos fundados en la imposibilidad del enriquecimiento injusto» de la administración.

Reporta un error en esta noticia

* Campos obligatorios