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E. C.
Miércoles, 22 de febrero 2017, 03:47
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El Real Decreto 20/2017 sobre gestión de los vehículos al final de su vida útil, que entró en vigor el 23 de enero, establece que la compra y venta de recambios de vehículos usados sin que anteriormente hayan pasado por un centro oficial de descontaminación es ilegal. Según la norma, «la extracción de piezas y componentes para su preparación, reutilización y comercialización únicamente podrá realizarse en un Centro Autorizado de Tratamiento (CAT), y siempre de vehículos que previamente hayan causado baja definitiva en el Registro de Vehículos de la Dirección General de Tráfico y hayan sido descontaminados». La Asociación Española de Desguazadores y Reciclaje del Automóvil (AEDRA) va a iniciar una campaña informativa dirigida a usuarios, talleres y aseguradoras, en la que se hará hincapié en los graves perjuicios que se derivarían de la utilización de recambios ilegales.
Según la misma norma, desde el próximo mes de junio será obligatorio entregar un vehículo industrial a un centro de tratamiento autorizado para tramitar su baja. Solo será posible tramitar en la Jefatura de Tráfico bajas por exportación, modelos de época o históricos y vehículos que materialmente ya no existan.
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