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Las áreas de autocaravanas deberán tener un registro de usuarios y vehículos

La consejería ultima la modificación del decreto del camping y la acampada que impide pernoctar sin control y no amplía la superficie para bungalós

CH. TUYA / R. MUÑIZ

Miércoles, 8 de marzo 2017, 03:16

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Las autocaravanas no podrán pernoctar frente a la gijonesa playa de San Lorenzo, en el aparcamiento del Rinconín. Tampoco en las playas del Oriente asturiano fuera de los campings. Y tampoco en las áreas habilitadas específicamente para ellas si estos espacios no cuentan con un sistema de control de usuarios y vehículos. Como ocurre con el resto de alojamientos turísticos, quienes pernocten en estas áreas deberán identificarse y sus datos constarán en un registro disponible para las Fuerzas de Seguridad del Estado.

Esa es la principal novedad que incluye el decreto de campamentos de turismo y otras modalidades de turismo de acampada que proyecta la Consejería de Empleo, Industria y Turismo. Un texto que ya ha recibido el visto bueno del Consejo Asesor de Turismo, en el que están presentes los empresarios. Para su aprobación por el Consejo de Gobierno solo falta la aprobación del Consejo Consultivo.

El decreto da respuesta a una de las principales demandas del sector, la regulación del estacionamiento de autocaravanas. Empresarios de campings y usuarios de estos vehículos mantienen diferencias en Asturias, ya que la región tiene prohibida la acampada libre, situación que mantiene el decreto, y limita la posibilidad de pernocta de caravanas en campings o áreas especiales.

Sin embargo, esas condiciones no eran suficientes para los empresarios, que siempre han criticado la «competencia desleal» que suponen estas áreas, ya que los usuarios «no tienen que pasar los controles del resto de clientes turísticos». Desde la entrada en vigor del decreto, esa diferencia desaparecerá.

Esas áreas «deberán cumplir las normas en materia de sanidad y seguridad, medio ambiente, régimen del suelo y ordenación urbana». No podrán ubicarse «en emplazamientos que estén prohibidos para los campings» y «se podrá dispensar la existencia de una oficina de recepción» siempre y cuando «se garantice de un modo alternativo el registro de los vehículos, los datos personales de los ocupantes y la fecha de entrada y salida».

Categoría cuatro tiendas

Y si a esta demanda de los empresarios sí da respuesta el decreto, deja sin contestar la eterna petición de disponer de más espacio para la instalación de bungalós. Los elementos fijos de los campings se han convertido en salvavidas de un negocio muy dependiente de la meteorología. En el anterior decreto, solo se permitía a los empresarios dedicar el 25% del suelo a bungalós o cabañas. En el nuevo, el porcentaje se mantiene. Como la imposibilidad de abrir un campamento a menos de 500 metros de la costa.

No así la clasificación. Desaparecerán los campings de lujo, primera, segunda y tercera. Con la aprobación del decreto, las categorías e medirán en tiendas, desde cuatro a uno (de mayor a menor categoría).

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