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TERRY BASTERRA
Miércoles, 28 de junio 2017, 02:22
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La extracción de ocle desde embarcaciones en Asturias durante la campaña de 2017 ha quedado paralizada. Así lo ha acordado el Tribunal Superior de Justicia de Asturias (TSJA), tras atender el recurso interpuesto por la Asociación de Amigos y Vecinos de Llanes (Avall), contra la resolución emitida el 9 de junio por la Consejería de Desarrollo Rural y Recursos Naturales y publicada en el BOPA el día 16 de este mismo mes.
Según figura en el auto emitido por la Sala de lo Contencioso Administrativo del TSJA, y que ayer fue recibido por las partes, el Principado cuenta ahora con un plazo de tres días para presentar alegaciones al mismo, si así lo estima oportuno. El Gobierno regional comunicó durante la tarde de ayer que ya había presentado las alegaciones pertinentes ante el TSJA contra su decisión de suspender cautelarmente la resolución de la Dirección General de Pesca Marítima del 9 de junio de 2017.
La resolución que ha quedado en suspenso afecta al conjunto de la costa asturiana, desde la Punta Rebollera, en Cudillero, hasta la ría de Tinamayor, en el límite con Cantabria. Iba a entrar en vigor el 3 de julio, día en el que se iba a abrir esta campaña hasta el 29 de septiembre, ambos incluidos.
Para este 2017 estaban autorizados para arrancar ocle 28 barcos, 8 de ellos en la zona del Oriente, a los se les que permitía arrancar un máximo de 4.600 toneladas de peso húmedo en el conjunto de Asturias, 1.300 de ellas en la zona oriental. Precisamente en esta área se iba a aplicar en este 2017 un plan especial al ser un lugar donde no se ha extraído gelidium -nombre técnico de esta alga- con buzos apoyados desde embarcaciones desde hace 29 años. Este hecho, y el temor a que esta actividad suponga un perjuicio económico para el sector de recolectores de arribazón, muy numeroso en el concejo de Llanes, es lo que ha motivado que Avall interponga el recurso que ha sido atendido por el TSJA contra la resolución de la Consejería.
María José Rodríguez y Domingo Goñi, secretaria y presidente de Avall respectivamente, aseguraban ayer que «los expertos dicen que Llanes tiene los mejores campos de ocle del mundo, tanto en cantidad como en calidad». Ambos representantes del colectivo vecinal insisten en que «no hay ni un solo estudio científico serio que avale esta actividad», en relación al arranque de ocle con buzos desde embarcaciones. «Los estudios que existen se hicieron en 2006 en el País Vasco y no son precisamente favorables a esta actividad. Indican que en las zonas donde se produce el arranque, hay invasión de otras algas ajenas al gelidium», señalan desde Avall. «En Cantabria el arranque ha perjudicado al arribazón», añaden Rodríguez y Goñi, quienes además aseguran que «el sistema de buceo para el arranque es carísimo y requieren unas inversiones importantes que pueden llegar a los 50.000 euros por barco».
En cuanto a la técnica de extracción de ocle, en Avall sostienen que «por mucho que se diga desde el Principado, va a ser difícil comprobar que se arranca desde la zona fijada del alga y no desde más abajo». De suceder, tal y como temen en el colectivo, «se vería afectado el ecosistema marino, porque hay muchas especies que viven entre estas algas».
«Al menos dos semanas»
En cuanto al proceso judicial que se va a seguir ahora, desde Avall indican que, una vez el TSJA reciba el recurso del Principado, se dará audiencia al colectivo. Con toda esa información la sala de lo Contencioso Administrativo decidirá si mantiene la paralización de la resolución hasta que emita una sentencia o la levanta y se permite el arranque de ocle desde barcos en Asturias mientras el TSJA resuelve este recurso. En Avall estiman que, como poco, el tribunal tardará «al menos dos semanas» en pronunciarse respecto a si mantiene, o no, la paralización de esta actividad. También consideran que «el TSJA ha debido ver indicios» de perjuicio al sector de recolectores de arribazón permitiendo esl arranque en la zona del Oriente, que es en la que se centra el recurso de Avall.
Pese a ello el auto del TSJA dice textualmente que la sala accede «a la suspensión de las resolución recurrida por la que se aprueban las normas que regirán la concesión de autorizaciones para la extracción de algas del fondo del género gelidium (ocle) en aguas del Principado de Asturias».
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