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Estíbaliz V. D., a la salida del juzgado, en Oviedo. MARIO ROJAS
Condenan a la médica que atendió a la niña que se asfixió con una palomita

Condenan a la médica que atendió a la niña que se asfixió con una palomita

El juez le impone un año de cárcel y tres de inhabilitación al considerar que incurrió en «una situación de riesgo previsible y evitable»

O. SUÁREZ / R. MUÑIZ

GIJÓN.

Jueves, 14 de diciembre 2017, 02:03

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Un año de cárcel e inhabilitación profesional durante tres años. Estíbaliz V. D., la médica del Hospital Universitario Central de Asturias (HUCA) juzgada por la muerte de la niña de 19 meses atragantada por un grano de maíz, ha sido considerada autora de un delito de homicidio imprudente.

El juez considera que la facultativa médica cometió «una imprudencia grave». «Minusvaloró el episodio de atragantamiento, la hipoventilación pulmonar», siendo su conducta «constitutiva de un delito de homicidio imprudente por imprudencia grave profesional». Señala el titular del juzgado de lo Penal número 1 de Oviedo que «no atendió a la niña con el arreglo de 'lex artis', puesto que tuvo ocasión de acordar la broncoscopia y no lo hizo». Además, condena a la procesada a indemnizar a los padres de la menor con 130.000 euros, cuantía que «pretende reparar un daño, sin duda alguna irreparable, como es el fallecimiento de una niña», recoge la sentencia.

«El comportamiento llevado a cabo por la doctora al dar de alta a la niña de 19 meses, siendo consciente de que el cuerpo extraño, la palomita de maíz, no había sido expulsado, y que presentaba hipoventilación, que respiraba con dificultad, no fue el apropiado para conseguir localizar y extraer la palomita, toda que vez que en su mano estaba acordar la realización de la broncoscopia, técnica idónea para tal fin, aplicable al caso no por el capricho de la madre como argumentó la defensa de la doctora, sino por aconsejarlo la situación en la que estaba la menor», señala el fallo judicial.

La fiscalía solicitaba para la médica una condena de un año y medio de prisión y cuatro de inhabilitación para ejercer la medicina. La acusación particular, por su parte, pedía para la acusada cuatro años de cárcel y seis sin ejercer la profesión.

Homicidio imprudente

«Afirmamos que la doctora Estíbaliz V. D. con el comportamiento descrito en el relato de hechos probados creó una situación de riesgo, previsible y evitable, infringiendo elementales normas de precaución y cuidado, siendo su conducta constitutiva de un delito de homicidio imprudente por imprudencia grave profesional», recoge la sentencia a la que tuvo acceso EL COMERCIO. Añade: «Olvido total y absoluto de normas de previsión y cuidado, sin tener en cuenta el riesgo para la vida de una niña de 19 meses, y para esta niña, el deber de cuidado debe ser mayor, por ello la imprudencia cometida es grave».

El alegato de su defensa se centró en la supuesta peligrosidad derivada de la práctica de la técnica de la broncoscopia para extraer el grano de maíz que los padres aseguraban que tenía alojado en las vías respiratorias. La Justicia les ha dado la razón en primera instancia. Las partes tienen un plazo de diez días para recurrir ante la Audiencia Provincial.

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