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El conductor acusado del atropello que causó la muerte de Rebeca Rodríguez Artime, durante el juicio.
Un año sin carné y 1.200 euros de multa para el autor del atropello de Antromero

Un año sin carné y 1.200 euros de multa para el autor del atropello de Antromero

En el accidente, que se produjo en junio de 2013, murió la joven candasina Rebeca Rodríguez

E. C.

Martes, 2 de junio 2015, 00:18

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Un año sin carné y una multa de 1.200 euros. Esta es la condena que finalmente ha recibido el acusado de arrollar a cuatro personas en Carreño, en 2013, una de las cuales, la candasina Rebeca Rodríguez Artime, quien tenía 18 años, falleció. En el siniestro también resultaron heridos un hombre y una mujer que iban en un coche contra el que colisionó el acusado antes del atropello.

La Fiscalía pedía el pago de una multa de 600 euros y un año de retirada del carné. La vista oral se había celebrado en el Juzgado de lo Penal número uno de Gijón.

Por contra, el letrado de la familia de Rebeca Rodríguez solicitó cuatro años de prisión y seis años de retirada del carné.

Y es que la Fiscalía se basó durante el juicio en la declaración del Equipo de Reproducción de Accidentes (ERA). Según el informe de este equipo, el vehículo que conducía el acusado circulaba a una velocidad en torno a los 66 ó 68 kilómetros por hora en el momento del suceso. Por esta razón entiende que se cometió un delito de una falta por imprudencia leve que supone una multa de seiscientos euros y la retirada del carné de conducir durante dos años, de los que ya cumplió uno.

Sin embargo, la acusación particular, representada por el letrado Fernando Artime, discrepó del citado informe y se apoyó en la prueba efectuada por el perito de la acusación, que concluye que el vehículo en el momento del atropello circulaba como mínimo a una velocidad de 99 kilómetros por hora.

En ese sentido, durante el interrogatorio, el abogado de la acusación centró su estrategia en demostrar que el acusado era un joven con fama de conductor temerario y con conocimientos de mecánica de automóvil. También que, a la vista de los testimonios de los testigos y de los agentes de la Guardia Civil, en el momento del accidente, el coche circulaba muy por encima los limites de velocidad establecida

Finalmente, el fallo ha tenido en cuenta la versión de la Fiscalía. Según su relato hacia las 23.15 horas del 28 de junio de 2013, el acusado circulaba por la carretera AS-239, en Carreño, con un coche que era propiedad de su padre y que este le había autorizado para utilizarlo.

En una curva

Al llegar a una curva en el punto kilométrico 4,108, pese a que la visibilidad por el horario nocturno era reducida, a que había personas que caminaban hacia las fiestas de Antromero por la carretera tanto por la única acera que había, a la derecha- y a que al inicio de la curva había una señal de peligro y otra que limitaba la velocidad a 60 kilómetros por hora, el acusado se introdujo en la misma a una velocidad inadecuada, de al menos 66,89 kilómetros por hora.

Dicha circunstancia, unido a que llevaba una presión «totalmente desaconsejable» en los neumáticos traseros, que disminuía la capacidad de agarre y adherencia, hizo que al frenar el vehículo en plena curva tras ver un turismo que iba delante suyo más lento, así como un control de la Guardia Civil, perdiera completamente el dominio del automóvil.

El coche comenzó a derrapar e incluso impactó contra el vehículo que circulaba delante hasta que invadió la acera situada a su derecha, por las que iban varias personas caminando, a las cuales atropelló. Una de ellas, Rebeca, falleció. A continuación, chocó contra un farola del alumbrado público.

Al conductor le fue retirado cautelarmente el derecho a conducir desde el 25 de septiembre de 2013 hasta el 17 de septiembre de 2014, tiempo que se le ha descontado de su condena.

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