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El juez anula la subida del IAE a Arcelor al tiempo que abre la puerta a legalizarla

La sentencia estima en parte el recurso de la multinacional, pero posibilita que el Ayuntamiento vuelva a girar los recibos si «motiva debidamente» el aumento del impuesto

J. F. GALÁN

Jueves, 5 de mayo 2016, 00:25

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Una sentencia anula parcialmente la ordenanza municipal que eleva a un 3,8 el coeficiente del Impuesto de Actividades Económicas (IAE) aplicable a empresas asentadas en Corvera, pero a la vez abre la puerta a los servicios tributarios a girar nuevas liquidaciones calculadas en base al mismo coeficiente, el máximo que permite la Ley.

Lo que ha de hacer el Ayuntamiento es «motivar debidamente» la decisión de aplicar ese 3,8, según recoge una sentencia dictada por el Juzgado Contencioso Administrativo que estima parcialmente el recurso interpuesto por una de las empresas afectadas, ArcelorMittal.

Y el Ayuntamiento está por la labor. «Si no hemos motivado la subida es porque la Ley no lo exigía. De hecho, lleva haciéndose así desde 1991 sin que ningún gobierno o grupo de la oposición pusiese reparo alguno. Vamos a estudiar si apelamos esta sentencia que en parte nos da la razón o si aprobamos de nuevo el coeficiente de IAE debidamente argumentado y motivado», manifestó a este periódico un portavoz municipal.

El IAE es un impuesto directo de importe constante gestionado por los ayuntamientos que grava únicamente a mercantiles cuya cifra de negocio neta supere el millón de euros. En el caso de Corvera son unas treinta y entre ellas Arcelor es, de largo, la que se enfrenta al recibo de mayor importe. El del año 2013, al que se refiere la sentencia, ascendió a 1.145.255 euros, aproximadamente el 70% del total que ingresa anualmente las arcas municipales por este concepto, 1,7 millones.

La mayoría de esas empresas tienen sede en Trasona, realidad que llevó al Ayuntamiento a declarar la zona como vía pública de primera categoría con el referido coeficiente y que previsiblemente será uno de los argumentos que esgrimirá para motivar debidamente tal decisión.

Para las empresas asentadas en vías de segunda el coeficiente es del 1,71; del 1,54 para las de tercera y del 1,38 para las de cuarta, escala a la que también alude la sentencia. «No se ha argumentado ni se ha aportado documentación que justifique las diferencias tan considerables establecidas en la ordenanza fiscal entre la primera categoría y el resto, es decir, entre el suelo industrial o consolidado y, de manera clara, el núcleo urbano para el caso de la segunda y tercera categorías», dice al respecto. Con el fin de reducir tales diferencias el Ayuntamiento ajustará al alza la segunda categoría hasta situarla en el entorno del 2,5, subida que según las mismas fuentes «afectará únicamente a dos o tres empresas».

La sentencia no obliga al Ayuntamiento a reintegrar los importes cobrados a Arcelor en base a la ordenanza ahora anulada. Es más, la multinacional ha satisfecho los recibos de 2014 y de 2015, calculados sobre el mismo coeficiente. Según el Ayuntamiento, la diferencia entre lo que Arcelor pagaba antes y después de la subida «es del orden de 50.000 euros, una cantidad poco relevante para una empresa de su envergadura que sin embargo supone mucho para un Ayuntamiento como Corvera».

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