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Acceso y vallado del depósito del manantial de Los Molinos, objeto de la reclamación municipal. P. G.-P.
Carreño recurrirá la sentencia por la propiedad del depósito de Los Molinos

Carreño recurrirá la sentencia por la propiedad del depósito de Los Molinos

La decisión llega tras un fallo del juzgado de Primera Instancia de Gijón que defiende la titularidad de ArcelorMittal de la finca

PEPE G.-PUMARINO

CANDÁS.

Martes, 30 de enero 2018, 00:12

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El Pleno de Carreño ha acordado que presentará un recurso contra la sentencia del juzgado de Primera Instancia número 11 de Gijón que desestimó la reclamación del Ayuntamiento contra la empresa ArcelorMittal España por la propiedad de la parcela de suelo donde se ubica el depósito de agua de Los Molinos, en Tabaza.

El fallo, inicialmente es favorable a la siderúrgica que defendió su titularidad sobre la parcela que ocupa al aportar como prueba principal su inscripción en el Registro de la Propiedad. El Consistorio, por su parte, basa su estrategia en el derecho que tiene sobre la finca al acogerse a la figura legal de «usucapión».

Se trata de un recurso jurídico empleado en los casos en los que no se dispone del correspondiente título de propiedad pero que, en su defecto, se presenta el derecho adquirido sobre la parcela tras desarrollar en ella una actividad durante un periodo de tiempo que fija la ley. El terreno, inicialmente fue tan solo un manantial en el que el Ayuntamiento construyó más tarde un depósito para almacenar los aportes de agua con destino al suministro de la población de Carreño pero en 1967, la siderúrgica procedió a rellenar varias fincas del entorno. Esta actuación provocó inundaciones y la contaminación con sulfuros de las aguas que suministran al manantial.

Por eso, el Ayuntamiento de Carreño presentó una demanda contra la multinacional solicitando la condena al pago de 485.078 euros en concepto de los daños y perjuicios causados por la contaminación. Para solventar este problema ArcelorMittal procedió a la instalación de una canalización a modo de aliviadero mientras que el Consistorio se vio obligado a la construcción de un nuevo depósito con mayor capacidad de almacenamiento de agua para abastecer a las parroquias de la zona.

Evidencias de «usucapión»

Ahora, desde los bufetes de abogados que llevan la causa advierten al Consistorio de que la sentencia no parece tener en cuenta algunas pruebas que son esenciales para acogerse a la «usucapión». Apuntan, fundamentalmente, al hecho de haber quedado probado que el Ayuntamiento había realizado las instalaciones del actual depósito con un proyecto elaborado ya en 1979 y que en 1984 se colocó en este lugar una placa así como el vallado perimetral de la parcela.

«Estas evidencias son un acto claro de afirmación de la titularidad municipal para acogerse a la usucapión al haber transcurrido más de 30 años desde entonces hasta la demanda», señalan los letrados que llevan el recurso. A la vista de estos informes jurídicos, el Pleno acordó dar trámite a la apelación de la sentencia con los votos favorables del PSOE, Somos Carreño e IU. El PP, por su lado, optó por la abstención en base a que dicho informe «fue aportado en la misma sesión plenaria sin disponer ni de la información ni del tiempo necesarios para apoyarlo o rechazarlo».

La demanda fue interpuesta en septiembre de 2015 por el Ayuntamiento en defensa de la titularidad del depósito y para exigir a ArcelorMittal el pago por los daños causados por la contaminación del manantial.

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