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El Tribunal Superior anula el Plan de Normalización Llingüística de Carreño

La sentencia mantiene que el documento «tiene un carácter jurídico que va mucho más allá de una mera declaración política»

A. G.-O.

CANDÁS.

Sábado, 24 de febrero 2018, 01:11

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La sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Asturias ha estimado el recurso de apelación interpuesto por varios concejales del Partido Popular y ha decidido anular el Plan de Normalización Lligüística aprobado en la sesión plenaria de enero de 2016. La sentencia sostiene que el documento «tiene un contenido jurídico que va mucho más allá de una mera declaración política».

De esta forma, el Tribunal Superior contrapone la sentencia del 28 de julio del Juzgado de lo Contencioso-Administrativo número 1 de Gijón, que mantenía que el documento carecía de efectos jurídicos. «Dicho Plan no ha precisado con nitidez que tenía naturaleza orientativa y no vinculante en aras a que cumpliese su función desiderativa y sirviese a la seguridad jurídica», asegura en el fallo el juez, quien también reconoce la esencia reglamentaria del acuerdo.

Asimismo, la sentencia señala que la ausencia de informe económico conlleva a la anulación de todo el Plan «por ser un vicio esencial del procedimiento de aprobación», sin necesidad de entrar en otros aspectos de su contenido.

Ante esta decisión, desde el Partido Popular de Carreño solicitan a la alcaldesa, Amelia Fernández, «que no consuman más tiempo y recursos en intentar aprobar la oficialidad del bable por la puerta de atrás. Les pedimos que no intenten aprobar de nuevo un Plan que acaba de ser anulado y que renuncien a establecer obligaciones para vecinos y funcionarios y más gasto para el Ayuntamiento».

Contra la sentencia cabe interponer un recurso de casación, en un tiempo de treinta días, y ante la misma sala.

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