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El local se ubicaba junto a una vivienda de Serantes, en Tapia de Casariego. D. S. F.
Un panadero de Tapia de Casariego será juzgado por exceso de ruido

Un panadero de Tapia de Casariego será juzgado por exceso de ruido

Debido a la actividad nocturna del obrador se registraron hasta 35 decibelios en la vivienda anexa, donde vive su tía de 72 años

DAVID SUÁREZ FUENTE

SERANTES.

Sábado, 14 de octubre 2017, 01:57

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La Fiscalía del Principado de Asturias pide dos años y medio de cárcel para un panadero por contaminación acústica en Tapia de Casariego. Reclama, además, una multa de 5.760 euros y la inhabilitación para el ejercicio de la actividad. El juicio está señalado para las 9.45 horas de este lunes en el Juzgado de lo Penal número 2 de Avilés.

El ministerio fiscal sostiene que el acusado, propietario de Panadería Serantes SL, al menos desde el día 29 de octubre de 2001 desarrolló su actividad «sin adoptar las medidas pertinentes para evitar las emisiones sonoras y vibraciones que la maquinaria de la panadería generaba en la vivienda de al lado y que, por su importancia e intensidad, perturbaban la vida de sus ocupantes».

A ello se añade la circunstancia de que, en período veraniego, el acusado abría las puertas y ventanas del local, «lo que generaba un agravamiento de la intensidad del sonido que llegaba a la vivienda anexa».

Según las mediciones llevadas a cabo el día 3 de agosto de 2013, los niveles de ruido en la vivienda en horario nocturno oscilaban entre los 40.9 decibelios y los 47.4. Fue entonces cuando el Ayuntamiento de Tapia de Casariego incoó expediente de actividad clasificada, en el que concluía que el acusado debía ejecutar obras de aislamiento en la panadería y le dio para ello un plazo de dos meses. Sin embargo, los días 29 y 30 de octubre de 2015 técnicos de la Consejería de Infraestructuras, Ordenación del Territorio y Medio Ambiente del Principado de Asturias llevaron a cabo una nueva medición de los niveles de ruido y el resultado es que oscilaban entre los 35 y 37 decibelios en horario nocturno, habiendo alcanzado un máximo de 45,9.

Estos índices, según señala el escrito de Fiscalía, incumplen la normativa que fija las condiciones de aislamiento acústico en un límite de transmisión de ruido a colindantes en horario nocturno de entre 30 y 28 decibelios. A ello, añade, hay que sumar que en 2013 la propietaria alquiló la vivienda, un contrato de arrendamiento que fue desestimado a los pocos días «por la intensidad de los ruidos provenientes de la panadería».

El obrador se encontraba ubicada en la localidad de Serantes, en un local anexo a una vivienda, en la que reside la denunciante, tía del panadero, con 72 años.

Según un informe médico forense, la exposición continuada a los niveles de ruido referidos en el domicilio anexo sobrepasan los umbrales aconsejados por la Organización Mundial de la Salud y son potencialmente generadores de pérdida de audición, trastornos del sueño e interferencias en la conversación.

En la actualidad el problema ya ha quedado resuelto al trasladarse las instalaciones del obrador de pan, hace aproximadamente un año, al polígono de Monjardín en Vegadeo, bajo el nombre de Demasamadre.

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