Borrar

Seis meses de cárcel para el belmontino acusado de provocar un incendio

La sentencia dice que «el autor del fuego creó un riesgo previsible y evitable» y fue castigado por cometer un delito de imprudencia grave

BELÉN G. HIDALGO

BELMONTE DE MIRANDA.

Sábado, 18 de noviembre 2017, 05:47

Necesitas ser suscriptor para acceder a esta funcionalidad.

Compartir

Seis meses de cárcel para el belmontino acusado de provocar un incendio forestal en San Martín de Ondes, en el concejo de Belmonte de Miranda, el 10 de marzo de 2015. Según recoge la sentencia, contra la que aún cabe interponer recurso de apelación, el acusado es autor de un delito de incendio forestal cometido por imprudencia grave.

Además, se le condena a pagar una multa de 540 euros. Deberá indemnizar con 4.808, 57 euros al Servicio de Emergencias del Principado de Asturias (SEPA) por la extinción del incendio, al Principado de Asturias con 641,49 euros por los perjuicios medioambientales causados y los daños ocasionados en las parcelas de los propietarios afectados que hayan reclamado. La Fiscalía solicitaba, en cambio, ocho meses de prisión y una multa de 4.320 euros.

El acusado sostuvo en el juicio oral que no usó fuego para limpiar la finca y que «cuando quemó fue en el mes de febrero, que había nieve, y lo hizo porque tiene miedo al fuego». Señaló que el incendio lo había causado «una pavesa de la que quema controlada» que se generó en las proximidades de la finca. Explicó su presencia en el lugar alegando que acudió junto a su hermano, alertado por el humo y «cogió una pala para apagarlo».

La Brigada de Investigación de causas de incendios forestales del Principado de Asturias (BRIPAS), tal y como figura en la sentencia, señalaron que «en la finca existían otros conatos de incendio» y que, por la distancia de la quema controlada a unos 120 metros en línea recta, «las pavesas del tojo, helechos y herbáceas, por sus características no podrían volar y llegar a causar el incendio».

Concluyeron, por tanto, que el incendio fue provocado por el acusado para limpiar la finca «sin cumplir las condiciones que le impone la autorización de quema: cortar y amontonar el matorral» ni realizar ningún cortafuego. Por otro lado, el guarda del Medio Natural manifestó que «en las inmediaciones no había cazadores ni personas caminando. Los peritos, por su parte, señalaron que «no existió tormenta con aparato eléctrico el día del incendio».

El Juzgado de la Penal número 1 de Oviedo considera así que el acusado prendió fuego «infringiendo las más elementales normas de cuidado» y que no adoptó precaución alguna para evitar la propagación de las llamas, con lo que creó «un riesgo previsible y evitable». Todo ello, concluye, supone un delito de imprudencia grave.

Reporta un error en esta noticia

* Campos obligatorios