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R. O.
Sábado, 18 de marzo 2017, 00:12
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El Consejo General del Poder Judicial hacía pública ayer una sentencia dictada el pasado mes de enero por la que la Sala de lo Penal del Tribunal Supremo absolvía a un vecino de Colombres que había sido anteriormente condenado por la Audiencia Provincial de Oviedo, acusado de abusar de su hija mayor. En máximo órgano judicial aceptó el recurso de casación interpuesto por el hombre al considerar que se había vulnerado su derecho a la presunción de inocencia.
Los hechos que terminaron en los juzgados se remontan al verano de 2012, cuando la menor, que entonces tenía once años, se encontraba pasando unos días junto a su padre, separado de su madre desde 2005, en una casa que éste posee en Pendueles. Entonces, según denunció la mujer en marzo de 2013, la niña se metió en la cama del hombre a la hora de la siesta y éste «comenzó a realizarle tocamientos y la desnudó», una situación que, agregó la mujer, «se repitió un fin de semana de febrero de 2013».
En su sentencia, sin embargo, el Supremo hace referencia a cómo «todos los técnicos que evaluaron las declaraciones de la menor -la juez instructora de Llanes, la fiscal, dos peritos forenses, un segundo juez instructor, un segundo fiscal y un perito psicólogo- las calificaron como carentes de verosimilitud». Asimismo, indica que «el régimen de visitas se efectuó sin que conste incidencia alguna hasta el año 2013, cuando, con ocasión del nacimiento de un hijo del acusado fruto de su segundo matrimonio, se formuló por la madre de la menor una denuncia de supuestos abusos a la misma, sin que éstos hayan quedado acreditados». Por todo ello, el máximo órgano judicial consideró que el hombre debía ser absuelto.
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