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El médico declaró el pasado 8 de febrero en el Juzgado de lo Penal Número 2.
El juez absuelve al médico y al paciente acusados de distribuir anabolizantes

El juez absuelve al médico y al paciente acusados de distribuir anabolizantes

Reconoce que el alto número de recetas del facultativo fue anómalo, pero recuerda que no se pudo probar su prescripción a deportistas

C. DEL RÍO

Viernes, 17 de febrero 2017, 09:12

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El Juzgado de lo Penal Número 2 de Avilés ha absuelto de un delito contra la salud pública al médico de Atención Primaria y al paciente al que recetó 257 envases de fármacos con anabolizantes al no haberse acreditado que ambos se dedicaran a su distribución entre deportistas. La sentencia recoge lo atípico de la conducta del profesional, pero no su encaje en el artículo 361 bis del Código Penal que pidió aplicar la Fiscalía del Principado de Asturias. Cada uno de ellos se enfrentaban a un año de prisión, una multa de 6.480 euros y una inhabilitación para el ejercicio de su profesión durante tres años.

El médico recetó a su paciente esos fármacos a pesar de que no tenía diagnosticada ninguna patología, ya que no constaban en su historia clínica. Durante el juicio, el profesional explicó que había estado de baja tres periodos en los que se habían emitido algunas de las recetas sin ofrecer «una explicación plausible o verosímil del motivo por el cual siguió prescribiendo los fármacos a su paciente a pesar de encontrarse de baja, limitándose a afirmar genéricamente y sin casi hojear las recetas que le fueron mostradas, que las mismas pudieron haber sido falsificadas, alegación carente del más mínimo sustento probatorio»; también, a preguntas del Ministerio Fiscal, que no había denunciado nunca el robo de su sello personal y reconoció que «no apuntó en la historia clínica del paciente ningún dato por la relación de confianza que le unía con él, ni siquiera los tractos rectales que le efectuó, ya que las pruebas médicas que le recomendó 'las tenía en su cabeza'».

La sentencia se remite al atestado de la Guardia Civil por el que estas prescripciones de fármacos «anormalmente elevadas y realizadas a un único paciente estaban asociadas a episodios tales como 'consulta sin enfermedad' o 'actividades preventivas' y nunca a patologías que justificaran la prescripción de dichos medicamentos», aunque él en la vista aseguró que lo trataba de falta de masa muscular derivada de una luxación en el hombro y de infertilidad. Nada de ello reflejado en informes. El paciente, asignado al centro de salud de Llano Ponte, consultaba siempre con él a pesar de que se movía por otros cinco.

Para el juez es «evidente» que la conducta del facultativo, defendido por María Jesús Suárez González, «resulta penalmente atípica, pues no se ha demostrado que prescribiera los fármacos a deportistas (...), en la medida en que no se ha efectuado investigación alguna que acredite mínimamente que el coacusado concurra dicha condición de deportista». El magistrado echa en falta «diligencias de investigación esenciales (...) que podrían haber acreditado actos de suministro u ofrecimiento de aquellos fármacos a deportistas».

El paciente, defendido por José Antonio Yáñez Blanco, no asistió a la vista.

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