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El abogado Manuel Barba con el jubilado de la mar José Manuel Viña. MARIETA
La Cofradía afirma que los jubilados no tienen derecho a las viviendas de El Nodo

La Cofradía afirma que los jubilados no tienen derecho a las viviendas de El Nodo

La jurisprudencia aclara, según la entidad, que no se trata de un socio de pleno derecho, mientras que la defensa alude al reglamento interno para defender lo contrario

C. DEL RÍO

AVILÉS.

Martes, 14 de noviembre 2017, 00:15

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El Juzgado de Primera Instancia Número 6 de Avilés tendrá que decidir si un jubilado de la mar es socio de pleno derecho de la Cofradía de Pescadores Virgen de las Mareas y, como tal, tiene derecho a vivienda. Definir las atribuciones de esta figura es fundamental en el conflicto que enfrenta a la entidad con una treintena de inquilinos, en su mayoría viudas y jubilados, a los que quiere revocar el ventajoso contrato de alquiler del que disfrutan. Ayer se celebró el primero de estos juicios después de que el pasado jueves el Juzgado de Primera Instancia Número 2 acordase la suspensión de otro similar para estudiar si, como pide la defensa, desestima la demanda.

Los argumentos de las partes fueron los mismos perfilados el jueves, pero no así el guión, porque el juez José Antonio Moreno Gomis no aceptó la petición de la defensa y celebró el juicio, ahora visto para sentencia. El abogado de la Cofradía, Miguel Ángel Palacios, afirmó que los jubilados de la mar no tienen derecho al arrendamiento de una vivienda en condiciones ventajosas en base a una reunión de la junta del 30 de julio de 1999 en la que «se expresó qué significa el término 'socio'». Afirmó que en Asturias no está regulado el funcionamiento de las Cofradías, pero sí en otras comunidades autónomas donde, al igual que en una sentencia del Tribunal Supremo de 2009 a la que aludió, se detalla que socio es aquella persona que ejerza la profesión de la mar en activo. «Es claro, por tanto, que quien se jubila pierde la condición de ser miembro activo de la misma. (...) La resolución del contrato está justificada», remarcó.

Manuel Barba, abogado del inquilino José Manuel Viña, no lo cree así y señala que «las viviendas en alquiler son patrimonio de la Cofradía por y para sus socios», lo que se materializa en un arrendamiento con condiciones especiales. Asimismo, señaló que los derechos de un socio jubilado vienen recogidos en el reglamento de régimen interno de la Cofradía.

Insistió en solicitar el acta de la reunión en la que se habría acordado la revocación de los contratos de alquiler en lugar del certificado aportado por el demandante (en esta ocasión firmado por el patrón mayor, Tomás Badiola), que resume tres reuniones de enero, marzo y junio y que no aporta datos «como el número de asistentes, si hubo quórum, si los acuerdos se adoptaron por mayoría simple o cualificada». La Cofradía argumenta que es un documento interno y privado.

A la salida del juicio, el inquilino José Manuel Viña no se pudo aguantar y le preguntó al patrón mayor: «¿Ahora te nombró a ti? ¿Dónde tienes la embarcación?». Tomás Badiola hablaba por el teléfono móvil y no respondió. Barba ya tiene preparada la impugnación de su nombramiento ante la Dirección General de Pesca.

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