Le sale gratis la hipoteca después de que una juez haya anulado los intereses del crédito

La Caixa ha sido condenada, además, a devolver todos los intereses ligados a un tipo de referencia que ni un técnico del banco supo explicar en el juicio

CONSUELO DE LA PEÑA

Lunes, 26 de junio 2017, 11:49

Los jueces cada vez aprietan más tuercas a la banca por sus cláusulas abusivas o la falta de transparencia de sus productos con el cliente. Una juez de Torrelavega ha dictado una sentencia novedosa en la región, en virtud de la cual condena a la Caixa a devolver a un matrimonio todos los intereses hipotecarios calculados sobre un índice tan complejo (el IRPH, mucho más elevado que el euríbor) que ni el empleado del banco supo explicar en el juicio cómo se aplicaba. La sentencia declara nula ésta y otras cláusulas por falta de transparencia y, en consecuencia, la pareja tendrá que pagar únicamente la amortización del crédito, es decir, el capital.

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Durante la vigencia de los más de diez años de contrato, los clientes pagaron 90.000 euros, de los cuales 75.000 fueron intereses, que ahora la entidad tendrá que devolver con sus intereses legales. La juez atiende los argumentos del abogado Rafael de la Gándara y declara también nula la cláusula de vencimiento final y devolución del crédito, que obligaba a los afectados a devolver 23.445 euros al terminar el préstamo en 2046. La sentencia puede ser recurrida ante la Audiencia, pero el banco aún no lo ha hecho.

Víctor y Natalia son un matrimonio moldavo que llegó a España en 2004. Él se dedicaba a la fontanería y ella, a las labores del hogar. Dos años después acudieron a la Caixa para pedir financiación para comprar su vivienda y la entidad les ofreció únicamente un crédito abierto con garantía hipotecaria, más propio y destinado a operaciones de comercio y líneas de descuento, por el que dispusieron de 156.000 euros para la compra del piso.

La sentencia advierte que la entidad no les ofreció la posibilidad de concertar un préstamo hipotecario, ni les informó de las ventajas de la operación suscrita. «Las ventajas parece que se las procuró la entidad bancaria para sí, ya que tras diez años de amortización el matrimonio ha abonado 90.000 euros, de los cuales sólo han amortizado 15.000, 1.500 al año», advierte la juez. Por eso sostiene que «la contratación del producto no estuvo regida por el principio de buena fe. La actividad bancaria tiene una finalidad lucrativa, pero una cosa es procurarse unos beneficios y otra perjudicar claramente al consumidor con un producto que no era adecuado a sus necesidades», enfatiza.

No conforme con eso, la entidad introdujo una cláusula para calcular los tipos de interés mediante un índice que siempre está por encima del euríbor. Es el IRPH (Índice de Referencia de Préstamos Hipotecarios), que establece el tipo de interés en función del precio al que los bancos y cajas prestan su dinero a los clientes.

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El empleado de Caixabank, que intervino en la operación y diplomado en Ciencias Económicas, aseguró a la juez que informó de forma pormenorizada a los esposos que el tipo de interés era el IRPH Cajas, pero cuando la magistrada le requirió una aclaración no supo hacerlo. «La complejidad de estas fórmulas es tal que ni siquiera una persona con estudios en Economía puede explicarlas, luego nunca pudo explicárselo a los clientes, que carecen de cualquier conocimiento en esta materia», zanjó la juez.

La magistrada subraya que tampoco existió negociació y que «todas las cláusulas fueron impuestas en una oferta que el cliente se limitó a aceptar». Sostiene además que las condiciones del contrato fueron redactadas por el banco y, «dada la complejidad de las cláusulas incluidas, difícilmente se puede sostener que hubo algún tipo de negociación en su redacción», entre otras cosas porque el matrimonio carece de formación financiera.

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