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E. C.
Viernes, 24 de febrero 2017, 08:03
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El Juzgado de Primera Instancia número 2 de Gijón ha condenado al Banco Santander a devolver 500.000 euros a una pareja que adquirió Valores Santander sin contar con la información suficiente, y le obliga a indemnizar a los afectados con 74.967 euros por colocarles participaciones preferentes de la firma Sos Cuétara incumpliendo las obligaciones de «diligencia, lealtad e información» en la venta. La sentencia no es firme, por lo que podrá ser recurrida en apelación ante la Audiencia Provincial de Asturias. Fuentes de la entidad financiera confirmaron ayer su intención de presentar recurso contra esta resolución.
Los afectados, pertenecientes a la Asociación de Usuarios Financieros (Asufin), suscribieron en enero de 2006 participaciones preferentes de Sos Cuétara por 50.000 euros y en octubre del año siguiente adquirieron 100 títulos de los llamados Valores Santander por 500.000 euros.
Las preferentes las canjearon por acciones, que vendieron el 29 de agosto de 2012 con una pérdida patrimonial de 74.967,84 euros, mientras que los Valores Santander fueron canjeados por acciones en octubre de ese mismo año «con un valor nominal inferior al invertido», según consta en la sentencia. Teniendo en cuenta sentencias anteriores, la Sala apunta que la entidad financiera «está obligada a suministrar al inversor minorista una información especialmente cuidadosa y clara».
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