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Cristóbal Montoro.
España y otros 50 países intercambiarán información automática sobre cuentas bancarias

España y otros 50 países intercambiarán información automática sobre cuentas bancarias

Los bancos deberán comunicar a la Agencia Tributaria el nombre, apellidos o razón social del titular, domicilio, número de cuenta, saldo y valor de la misma

David Valera

Viernes, 13 de noviembre 2015, 20:44

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La Agencia Tributaria podrá intercambiar información automática sobre cuentas bancarias situadas en cincuenta países a través de las instituciones tributarias homólogas de esos estados. Esta fue una de las medidas pactadas en el acuerdo firmado por 51 países en Berlín hace un año y que obliga a los bancos a comunicar en 2017 la información referida a 2016 sobre la residencia fiscal de los titulares de sus cuentas a la Hacienda de cada Estado. En el caso de España, el Gobierno aprobó este viernes en el Consejo de Ministros el decreto que completa la normativa y detalla qué datos deben aportar las entidades financieras.

En concreto, los bancos deberán comunicar a la Agencia Tributaria el nombre, apellidos o razón social del titular, domicilio, número de cuenta, saldo y valor de la misma. La norma establece el bloqueo de cuentas en caso de que en el plazo de 90 días no se aporte a la institución financiera la declaración de residencia del titular. La aprobación de este decreto permite el intercambio de información anual, de forma automática y estandarizada, sobre todo tipo de cuentas financieras. El gran avance de este proceso es que en el caso de una investigación ya no es necesario requerir la información al banco, sino que se acude directamente a la Agencia Tributaria de cada país, con lo que todo el procedimiento se agiliza.

Según Hacienda, esta medida permitirá "verificar más eficazmente el correcto cumplimiento de las obligaciones de los contribuyentes que obtienen rentas financieras en el extranjero". En este sentido, la Agencia Tributaria accederá a información sobre las personas o entidades que tienen cuentas abiertas en entidades españolas y de otros países o podrá conocer, de forma automática, los valores negociables o fondos de inversión que un residente en España tenga en una institución financiera en Luxemburgo, Austria o Irlanda.

Asimismo, en ese avance en el intercambio de información España y EE UU iniciaron esta semana el último trámite para poner en marcha el convenio firmado entre ambos países. De esta forma, según Hacienda, será posible a partir de 2016 que la Agencia Tributaria acceda a información sobre los depósitos bancarios que un residente en España tiene, por ejemplo, en Delaware, considerado un paraíso fiscal.

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