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La justicia europea avala el impuesto del Principado que grava a las grandes superficies

A la espera de la sentencia definitiva del Tribunal de la UE, el Gobierno regional aplica esta tasa desde 2013 por la que el año pasado recaudó en 5,2 millones

S. BAQUEDANO

GIJÓN.

Viernes, 10 de noviembre 2017, 07:35

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A la espera de que el Tribunal de Luxemburgo dicte sentencia, la abogada general de dicho órgano, Julianne Kokott, ya se ha pronunciado a favor del impuesto de grandes superficies, que en el Principado se aplica desde el año 2003 y por el que se prevén recaudar unos 8 millones de euros anuales. Porque una cosa son los 'derechos netos' y otra la recaudación líquida, lo realmente ingresado, que en 2016 fueron 5,2 millones.

En marzo de 2016, el Tribunal Supremo había instado al Tribunal de Justicia de la Unión Europea a que se pronunciara sobre la legalidad de este gravamen, que se aplica, además de Asturias, en Cataluña y Aragón, y había suspendido la tramitación de los recursos de la Asociación Nacional de Grandes Empresas de Distribución (Anged) sobre dicho impuesto. Las conclusiones de la abogada general, conocidas ayer, preceden en unos meses a la sentencia del Tribunal de la UE, que suele seguirlas en la mayoría de casos.

El impuesto de grandes superficies funciona como una tasa medioambiental, que grava los metros cuadrados de un establecimiento por razón del impacto que producen sobre el territorio, el medio ambiente y la trama del comercio urbano de esa región, lo que se traduce en una penalización a la contaminación que producen los consumidores por desplazarse en coche hasta ellos. En cada comunidad tiene una aplicación diferente. En concreto, en el caso de Asturias grava el funcionamiento de grandes establecimientos comerciales cuya superficie útil de exposición y venta al público sea igual o superior a 4.000 metros cuadrados; de 2.500 metros cuadrados en Cataluña, y de 500 metros cuadrados en Aragón.

En las conclusiones del informe presentado ayer por la abogada general del Tribunal de Justicia de la UE, Julianne Kokott, se respalda dicho tributo y se propone al Tribunal de Luxemburgo que, en su futura sentencia, responda que un impuesto que grava a los minoristas en función de su superficie de venta «no es contrario» al Derecho de la UE. En segundo lugar, considera que las exenciones establecidas a favor de los pequeños comercios y las exenciones o reducciones aplicadas a determinados comercios especializados no constituyen ayudas de Estado.

El Tribunal Supremo había planteado cuestión prejudicial al Tribunal de Justicia de la Unión Europea para aclarar sus dudas sobre la adecuación de este gravamen al Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea. La petición de elevar la cuestión al Tribunal de Justicia de la Unión Europea estaba incluida en los recursos de Anged contra las sentencias de los tribunales superiores de Justicia de Asturias, Cataluña y Aragón en relación a dichos impuestos.

El Principado considera este impuesto, que tiene ya a su favor dos sentencias del Tribunal Constitucional, como un tributo extrafiscal, que tiene peculiaridades con respecto al del resto de comunidades, como que grava al centro comercial en su conjunto. Además de enviar a Bruselas toda la información requerida, representantes del Principado comparecieron el pasado mes de julio en una vista oral convocada por el Tribunal de Luxemburgo sobre este impuesto.

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