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A propósito de Procoin

A propósito de Procoin

Procoin, una empresa asturiana con gran implantación en el sector de la construcción, constituida en 1983, con una trayectoria de casi 35 años y una plantilla de 75 trabajadores, solicitaba el pasado diciembre el concurso de acreedores voluntario

Irene López Clariana. Economista en inin Abogados y Economistas

Lunes, 22 de enero 2018

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En 2016 la empresa incrementó su cifra de negocios un 87% con respecto al 2015, superando los 20 millones de euros, redujo su deuda financiera casi un 27%, hasta los poco más de 6 millones de euros que constan en su balance, y presentó un resultado de explotación de 569.193 euros frente al obtenido en el ejercicio 2015 por importe de -1.578.411 euros. El EBITDA generado por la empresa en el 2016 fue de casi 700.00 euros. Estas cifras sugerían que Procoin transitaba por el camino correcto. A estos resultados hay que sumarles una cartera superior a los 18 millones de euros que registraba en el periodo actual. Sin embargo, nada de esto ha evitado la solicitud del concurso de acreedores.

Desde mi punto de vista, y sobre la base de las cifras comentadas, la solución concursal, habría sido perfectamente evitable. Un acuerdo de los acreedores financieros con la mercantil y su homologación judicial, aporta los mismos resultados del concurso, pero sin sus inconvenientes. Lo de Procoin es un fracaso de todos los que pudiendo cerrar un acuerdo de forma voluntaria y van a verse ahora sometidos a la disciplina de terceros.

Por mi experiencia, las exigencias de los acreedores, más preocupados en ocasiones de maximizar su cobro que del futuro de la empresa, aboca a la situación concursal de empresas viables como Procoin. En otras ocasiones, las menos, es la propia mercantil la que provoca el procedimiento concursal con planteamiento cicateros.

En todo caso, el análisis financiero previo y la anticipación de las soluciones a los acreedores, se convierte en pieza fundamental para evitar situaciones límite.

Una empresa que genera liquidez, como Procoin, debería ser capaz de evitar el concurso de acreedores, si las entidades financieras son razonables en sus planteamientos y permiten que la empresa mantenga la suficiente tesorería para atender su actividad corriente. En ocasiones se tensan tanto las negociaciones que el pago por servicio de deuda no permite atender a trabajadores o proveedores, lo que acelera extraordinariamente el deterioro de la situación y limita las soluciones extra concursales.

Dicho esto, en contra de la creencia popularmente extendida, el concurso de acreedores tiene como objetivo el mantenimiento de la actividad, y así se aplican nuestros jueces de lo mercantil, siempre favorables a la continuidad de la empresa solvente en dificultades. Hay que desechar la tendencia a considerar que la continuidad de la actividad empresarial pasa por un proceso de reestructuración extrajudicial de deudas, mientras que el proceso concursal conduce necesariamente al cierre y liquidación. La clave, a mi juicio, vendría dada por iniciar el proceso con un adecuado diagnóstico de la situación de partida y una correcta planificación empresarial que lleve a la mercantil a superar un escenario de insolvencia, beneficiándose de los mecanismos que concede el procedimiento concursal. ¿Qué empresa no sale adelante cuando puede cobrar todos sus derechos de crédito y no pagar a sus acreedores hasta que cierre un acuerdo de pago con todos ellos?

Procoin, aparentemente, se encuentra en esa situación, pues en los últimos años parece haber adoptado decisiones financieras y empresariales que la han conducido a mejorar su balance y su cuenta de resultados. Es el momento de que Procoin, empresa viable por lo antedicho, pueda demostrar que el proceso concursal es una oportunidad de reestructurarse y continuar con su actividad.

A veces la derrota no es más que el inicio de la próxima victoria.

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