Borrar
El testamento

El testamento

En el ámbito del Derecho de Sucesiones es básico el testamento dada su relevancia y la poca importancia que se le da hoy en día para lo que puede significar

PUBLIRREPORTAJE

Jueves, 21 de diciembre 2017

Necesitas ser suscriptor para acceder a esta funcionalidad.

Compartir

Se cree que el testamento sólo es para personas que poseen una gran fortuna, cuando debería ser valorada la opción de realizarlo en todo momento, puesto que son innumerables las ventajas de realizarlo. Entre otras, evitar los problemas futuros entre hijos, nietos, hermanos o algún otro pariente. Dejar señalado quienes serán los futuros propietarios de los bienes de la herencia de manera concreta para evitar que terceras personas se adjudiquen el patrimonio familiar o incluso si se tiene hijos menores de edad se podría dejar designado al tutor que se hará cargo de los bienes y su administración hasta su mayoría de edad, tiene un coste notarial mínimo, entre 36 y 60 euros en función de su complejidad.

A mayor abundamiento el denominado diseño del Testamento es esencial, ya que por ejemplo en los casos que existieran uno o varios bienes indivisibles, tales como pisos, garaje, locales o finca rústicas, frente a la posibilidad de dejar la herencia en el testamento de manera general, también se puede dejar perfectamente dividido el patrimonio y adjudicados esos bienes a cada uno de los herederos de manera concreta en el testamento, o incluso dejar en el mismo las premisas para la división del patrimonio o encargar a un tercero que lo realice, siempre todo ello realizado con respeto a las legítimas.

En ese diseño mencionado anteriormente, y para conseguir un ahorro en los impuestos, es conveniente dividir la herencia entre todos los máximos beneficiarios posibles, respetando como mencionamos anteriormente las legítimas, ya que el Impuesto sobre Sucesiones es un impuesto progresivo, cuanto más se recibe más se paga, es decir, es preferible valorar la opción de repartir entre los hijos antes que dejarlo todo al cónyuge, máxime en el caso que existieran varios bienes inmuebles; o incluso utilizar el tercio de la herencia destinado a la mejora, no sólo para que hereden los hijos sino también para los nietos . Por lo tanto fiscalmente la premisa sería repartir entre los más posibles y cuanto más cercanos mejor, porque a medida que los herederos por parentesco se alejan del testador mayor será la carga tributaria.

Todo ello, y a título de muestra, no se podría realizar si no se hiciera testamento, por lo que es aconsejable acudir a un profesional para el diseño del mismo, dada la múltiple casuística que se puede dar, y dejar a nuestros seres queridos nuestra voluntad y evitar así que los bienes que tanto esfuerzo nos costó conseguirlos sean fuente de conflicto entre los herederos en el reparto de los bienes que les dejemos

Reporta un error en esta noticia

* Campos obligatorios