El juez de la Audiencia Nacional Baltasar Garzón se declaró ayer competente para perseguir al franquismo por crímenes contra la humanidad en un proceso penal cuyo objetivo último, más que buscar a los responsables y lograr su condena, es localizar a los desaparecidos de la dictadura que implantó el general Francisco Franco. Fueron 114.266, según el censo orientativo incluido en el sumario. De ellos, Garzón tiene ya los nombres de 1.246 asturianos desaparecidos. La asociación 'Todoslosnombres' espera enviar al juez un listado con más de 17.000 víctimas asturianas del régimen franquista.
En la misma resolución, el magistrado autoriza la exhumación de los restos de una veintena de fosas comunes localizadas en Parrillas (Toledo); Adrada de Haza, San Juan del Monte y Valdenoceda (Burgos); La Robla, Ponferrada, Balboa, Dehesas, Camponaraya, Magaz de Abajo, Tejedo del Sil y Carucedo (León); Córdoba; La Palma del Condado, Bonares y Niebla (Huelva); Valdenoceda (Burgos); Fuerte San Cristóbal (Navarra); La Serna (Madrid), y Víznar y Alfácar (Granada), donde podrían estar los restos del poeta Federico García Lorca.
De momento, no se actuará sobre ninguna de las fosas comunes que hay censadas en el Principado. No obstante, algunos expertos no descartan que se puedan encontrar alguna víctima asturiana en las zonas seleccionadas por el juez Garzón. Víctor Luis Álvarez, presidente de la Asociación de la Memoria Histórica Asturiana, confía en que se puedan localizar cuerpos de asturianos asesinados durante la Guerra Civil en alguna de las fosas que se van a abrir en León. «Tras la caída de Asturias, muchos se echaronal monte y pudieron ser fusilados en El Bierzo», asegura. Por su parte, Luis Miguel Cuervo, presidente de la asociación 'Todoslosnombres', cree «poco probable» que pueda haber cuerpos de asturianos en las fosas comunes que van a ser abiertas por orden de la Audiencia Nacional.
En su auto, el juez ordena a las Fuerzas de Seguridad verificar que se trata de fosas comunes, que pueden alojar restos de personas fallecidas durante la Guerra Civil o en años posteriores, que los posibles familiares han reclamado la exhumación y que los dueños de los terrenos, públicos o privados, no se oponen. Cualquier controversia deberá ser resuelta por el juez natural del territorio donde esté el enterramiento «atendiendo al interés más necesitado de protección que, en este caso, sería la del hallazgo de la víctima». Las excavaciones deberán realizarse «bajo la supervisión y dirección de la autoridad judicial en con jurisdicción en el lugar, específicamente a la hora de proceder al levantamiento del cadáver, inhumación y registro de la víctima».
El juez hace un somero repaso a la génesis del denominado Alzamiento Nacional y concluye que fue un acto criminal, «una decisión perfectamente planeada y dirigida a acabar con la forma de Gobierno de España en ese momento (...), y ello como medio o al menos como paso indispensable para desarrollar y ejecutar las decisiones previamente adoptadas sobre la detención, tortura, desaparición forzada y eliminación física de miles de personas por motivos políticos».
Un crimen contra la humanidad imprescriptible, competencia de la Audiencia, que debe ser investigado porque «al igual que los vencedores de la Guerra Civil aplicaron su derecho a los vencidos y desplegaron toda la acción del Estado para la localización, identificación y reparación de las víctimas caídas de la parte vencedora, no aconteció lo mismo respecto de los vencidos, que además fueron perseguidos, encarcelados y desaparecidos por quienes habían quebrantado la legalidad vigente al alzarse en armas contra el Estado».
«No se trata de hacer una revisión en sede judicial de la Guerra Civil española; ni esa es la intención de los denunciantes ni puede serlo desde el punto de vista jurídico del instructor, ya que ello supondría la formación de una especie de causa general», precisa el juez.
Pero todo crimen tiene un culpable y el juez se sabe obligado por la ley a buscarlo. Por eso pide al Registro Civil los certificados de defunción de 35 altos responsables del régimen franquista, entre ellos el general Franco y su hermano Nicolás; los generales Emilio Mola, Agustín Muñoz Grandes y Gonzalo Queipo de Llano, o los falangistas Ramón Serrano Súñer y Raimundo Fernández Cuesta. Comprobado su fallecimiento, declarará extinguida su posible responsabilidad penal.
La investigación se centra en hechos que comenzaron el 17 de julio de 1936; siguieron con los bandos de guerra hasta febrero de 1937; continuaron con los consejos de guerra sumarísimos celebrados hasta los primeros meses de 1945, y concluyeron con la persecución de los maquis, fenómeno que duró hasta 1952. Esta horquilla temporal abre la posibilidad de que algunos dirigentes del franquismo «que no ocuparan puestos de alta responsabilidad» sigan vivos. El juez ordena a las Fuerzas de Seguridad comprobarlo, porque la localización de presuntos responsables vivos influirá en el proceso si la Sala de lo Penal de la Audiencia Nacional rechaza su competencia.
Investigadores
Es casi seguro que no quedan represores franquistas vivos, pero sí víctimas «a las cuales debe resarcírseles en su derecho y hacer todo lo posible porque averigüen el lugar de inhumación de sus familiares».
Garzón crea dos grupos de investigadores. El primero, formado por siete expertos, deberá estudiar, analizar y determinar el número, lugar, situación e identificación de los desaparecidos entre julio de 1936 y diciembre de 1951. El segundo grupo estará formado por diez policías que, a las órdenes del juez y con competencia en toda España, podrán acceder a cualquier registro público o privado, acervo documental, archivo o centro de documentación que pueda tener información sobre los desaparecidos.