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Celestino V. G., durante el juicio. Daniel Mora.
«La muerte de mi hija fue un asesinato, no un accidente»

«La muerte de mi hija fue un asesinato, no un accidente»

La madre de Silvia Hernández, Isaura Álvarez, muestra su indignación por la sentencia que condena al que fuera compañero sentimental de su hija por un homicidio imprudente

Olaya Suárez y Pablo suárez

Gijón

Viernes, 8 de junio 2018, 14:49

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Isaura Álvarez, la madre de Silvia Hernández, se muestra profundamente indignada por la sentencia que condena al que fuera compañero sentimental de su hija por un homicidio imprudente. «La muerte de mi hija fue un asesinato, no un accidente», dice. Asegura que llegará «hasta donde sea para que se haga Justicia» y demostrar así que «la mató, no fue ni un forcejeo ni algo accidental».

La familia de la víctima recurrirá la sentencia ante el Tribunal Superior de Justicia de Asturias (TSJA) y estudia con su abogada si presentar recurso al auto de libertad que permitió a Celestino G. V. salir ayer de la cárcel.

Por su parte, Celestino V. G. abandonó en la tarde de ayer el centro penitenciario de Asturias al serle notificada la sentencia de la Sección Octava de la Audiencia Provincial por la que se le condena a cuatro años de prisión por el homicidio imprudente de la que era su compañera sentimental, Silvia Hernández. Ya el jueves pasado el jurado popular emitió su veredicto sobre la participación del procesado en el episodio que acabó con la vida de la mujer de 34 años en marzo de 2016. Solo quedaba por dictar sentencia y que el presidente de la sala fijase la pena de prisión entre uno y cuatro años de prisión con los que esta penado el delito de imprudencia grave.

El fallo judicial fue notificado a las partes junto al auto de libertad inminente. El hecho de que la sentencia sea de cuatro años de cárcel, que no sea firme y que el reo lleve dos años y dos meses internado, motivó su puesta en libertad a la espera de que se resuelva el recurso que previsiblemente interpondrán las acusaciones. La fiscalía y la Abogacía del Estado consideraban que los hechos eran constitutivos de homicidio y por su parte la acusación popular y la particular lo tipificaban como asesinato y solicitaban la prisión permanente revisable.

Eximente por alcohol

La resolución aprecia para Celestino G. V. la eximente incompleta de influencia de bebidas alcohólicas y el agravante de parentesco. Está representado legalmente por el abogado Enrique Lamadrid, quien mantenía la inocencia de su defendía y pedía la libre absolución.

«El acusado causó, por grave imprudencia, la muerte de Silvia Hernández al producirse durante un forcejeo la herida en el abdomen que, pese a su aparente levedad, a la postre, provocó su muerte, considerando que el fallecimiento no es consecuencia directa del apuñalamiento. El jurado descarta así la intención resueltamente homicida; que no se puede deducir del alcance de las lesiones, cuya dimensión no revela el empleo de una especial intensidad o energía criminal que generalmente acompaña al ánimo de quien acomete para matar, y ello teniendo en cuenta la relación de proporción que existe entre la longitud del arma (unos 11,5 centímetros) y la profundidad de las heridas (1 centímetro y 1,5)», señala la sentencia tras el veredicto del jurado.

En el fallo se añade: «Tampoco la intención directamente homicida se puede colegir de la propia mecánica comisiva, ya que las lesiones se producen con ocasión del forcejeo, compatible con las heridas en la mano que presenta la víctima, que no son propiamente defensivas (no tiene lesiones propias de intentar coger el arma homicida, según el informe forense); a lo que se añade que las heridas no revelaron su fatal resultado hasta varias horas después de su acusación y que la única herida que se presenta como concausa eficiente del shock mixto y multifactorial no se acompaña de otras de similar eficiencia causal que revelan el deliberado propósito de buscar un resultado mortal».

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