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Condenan a una entidad a devolver a un cliente 8.500 euros por la cláusula suelo

El Juzgado Mercantil declara «nulo» el cobro y obliga a pagar las costas al demandante. Cabe recurso ante la Audiencia Provincial

Carolina García

Viernes, 4 de julio 2014, 00:56

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Nueva sentencia contra una cláusula suelo. El Juzgado Mercantil Número 2 de Oviedo condena a Caja Rural a devolver al comprador de una vivienda la cantidad de 8.500 euros. El demandante, I.B.S., vecino de Oviedo, tenía dos préstamos hipotecarios: el primero al comprar la vivienda nueva mediante una subrogación en el préstamo del promotor, y un segundo de una hipoteca sobre un piso. Según explican desde Lexasturias Abogados (despacho formado por Claudio Alabau e Isabel Buj) que se hizo cargo del caso, su cliente se subrogó al préstamo que ya existía entre la Caja Rural y el promotor. Pese a que entonces no contenía la cláusula suelo «se modifican condiciones del préstamo de cara a nuestro cliente».

El Mercantil la declara nula y condena a la entidad bancaria a dejar de aplicarla y devolver todo el dinero cobrado, así como las costas del procedimiento (tasas, procurador y abogado) a su cliente y fija la cantidad en torno a 8.500 euros. La sentencia supone para I.B.S. un ahorro de 220 euros al mes en su hipoteca.

Desde Lexasturias Abogados animan a todos los afectados (desaconsejan las demandas colectivas) a acudir a la vía judicial porque es más rápida que la reclamación administrativa ante la Consejería de Consumo. En este caso, pese a que aún cabe recurso ante la Audiencia, desde que se interpuso la demanda hasta el fallo han transcurrido seis meses.

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