Secciones
Servicios
Destacamos
J. C. A.
Jueves, 29 de junio 2017, 01:01
Necesitas ser suscriptor para acceder a esta funcionalidad.
Compartir
Punto por punto, la Sala de lo Penal del Tribunal Supremo (TS) desestimó el recurso de casación interpuesto por un condenado el pasado enero por apuñalar a su expareja y una amiga de esta con el agravante de hacerlo delante de su hija, a la que también amenazó con un punzón. Los hechos ocurrieron en mayo de 2015 en Oviedo.
El Tribunal de la Sección Tercera de la Audiencia Provincial había sido implacable en primera instancia: 32 años de prisión y pérdida de la patria potestad. Era lo que solicitaban las acusaciones particulares, representadas por los letrados José Manuel Fernández González y Susana Fernández Iglesias. Los abogados fijaban las dos tentativas de asesinato en 15 años de prisión cada una y añadía dos más por un delito de amenazas graves contra la niña.
Porque el relato de hechos probados por la Audiencia Provincial y ahora ratificados en su carga penal por el Supremo, narran cómo el hombre tras apuñalar indiscriminadamente a las dos mujeres, agarró a la niña y la amenazó con un punzón en el cuello lo que provocó un sufrimiento añadido a las víctimas. Una «exacerbación de la violencia» que concuerda con la figura del ensañamiento en términos legales.
En el recurso de casación, la defensa del acusado trata de buscar algún resquicio en el cuerpo procesal de la causa, así como en los agravantes por alevosía y que se contara como atenuante el consumo de un potente medicamento ansiolítico. Sin suerte.
Así, para el Alto Tribunal, la instrucción se realizó respetando la presunción de inocencia del condenado y tampoco aprecia en el consumo de benzodiacepinas «que disminuyeran de forma apreciable o que anularan completamente sus facultades» para comprender lo que estaba haciendo. El TS considera también probada la intención de matar, alevosía y ensañamiento en esa tentativa de asesinato. El hombre acudió a entregar su hija tras el fin de semana que estaba estipulado en el régimen de visitas cargado con una bolsa de herramientas que usó para agredir a su expareja y a la amiga con quien se había mudado tras su separación. Contra el fallo no cabe recurso.
Publicidad
Publicidad
Te puede interesar
¿Cómo llegó una valla de obra a lo alto del Acueducto?
El Norte de Castilla
Publicidad
Publicidad
Reporta un error en esta noticia
Comentar es una ventaja exclusiva para suscriptores
¿Ya eres suscriptor?
Inicia sesiónNecesitas ser suscriptor para poder votar.