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La acusada, durante el juicio. A. PIÑA.
Condenada a seis años de cárcel la acusada de maltratar y estafar a su marido

Condenada a seis años de cárcel la acusada de maltratar y estafar a su marido

La acusada deberá también indemnizar a la víctima, 41 años mayor que ella, con cerca de 400.000 euros

europa press

Jueves, 22 de marzo 2018, 14:04

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La Sección Segunda de la Audiencia Provincial de Asturias ha condenado a seis años de prisión a una mujer acusada de maltratar física y psíquicamente a su marido de 80 años, 41 años mayor que ella, del que se apoderó además casi 400.000 euros. Ha sido condenada por un delito de maltrato habitual y por delito continuado de estafa. La sentencia, que no es firme, puede ser recurrida ante la Sala Civil y Penal del Tribunal Superior de Justicia de Asturias.

Además de la pena de prisión, la procesada deberá pagar una multa de 1.500 euros y tiene la privación del derecho a la tenencia y porte de armas por cuatro años y prohibición de aproximarse a la víctima a su domicilio o cualquier otro frecuentado por el mismo a menos de 300 metros y de comunicarse con él por cualquier medio durante cinco años.

El 27 de mayo de 2014, el hombre, de 80 años, contrajo matrimonio con la acusada, de nacionalidad paraguaya y que entonces tenía 39 años, en Asunción, Paraguay. La pareja se conoció cuando ella trabajaba en el domicilio de la hermana de la víctima, a la que atendió hasta su fallecimiento, ocurrido en el mes de enero de 2013, tras el cual el hombre recibió en herencia la suma de 87.378 euros.

Tras contraer matrimonio, regresaron a España a principios del mes de junio de 2014, instalándose en el domicilio del hombre de Oviedo. A partir de ese momento la acusada, siempre en el domicilio familiar, comenzó a someterle, de forma reiterada y con total desprecio, a continuos atentados contra su integridad física y moral, dirigiéndole insultos, gritos y propinándole golpes y empujones, todo ello aprovechándose de su vulnerabilidad dada su avanzada edad, ocasionándole un estado permanente de preocupación y temor.

En una ocasión, la acusada le agarró por el pecho golpeándole la cabeza contra la pared cuando iba por el pasillo de la casa. En otra ocasión le empujó contra la pared, ocasionándole un moratón en la cara. Otra de las veces le pellizcó fuertemente en un pezón hasta hacerle daño y asimismo le agarraba de la oreja para conducirle hasta el baño. Con la misma intención le propinaba patadas.

Todo ello siempre con la amenaza de ingresarle en una residencia y acompañado de insultos como "cabrón", "hijo de puta", "viejo metiche" o frases como "te me largas de aquí, que esta casa es mía", "tú no tienes derecho a nada", "vete con cuidado porque te meto en una puta residencia y te pudres allí", "como me denuncies te corto el cuello" y otras de similar connotación.

Además, la procesada no permitía que su marido saliera de su habitación si no era para ir al baño, donde él tenía incluso que lavar los platos y cubiertos pues no podía ir a la cocina, teniendo que comer en la habitación y sólo comida envasada que tenía en su armario. Tampoco disponía de pijama o zapatillas.

Todo lo anterior provocó tal deterioro físico en el hombre que el 16-11-15 fue derivado de su Centro de Salud al HUCA, donde quedó ingresado con neumonía y riesgo de desnutrición hasta el día 29-11-15 en el que fue dado de alta. En la historia clínica del paciente se hace constar que se trataba de un "paciente en situación de riesgo social".

En este estado de cosas, la procesada guiada por el ánimo de lucro y aprovechándose de la vulnerabilidad y situación personal del hombre, que no sabe ni leer ni escribir otra cosa que no sea su nombre y apellido, con cierto desconocimiento y descontrol respecto de sus ahorros y la situación de dominio que ejercía sobre el mismo, le acompañaba a las diferentes entidades bancarias en las que el hombre tenía su dinero ingresado, induciéndole a realizar reintegros de efectivo a su favor.

Así, la mujer consiguió que la víctima emitiera a cargo de la cuenta de su titularidad un cheque bancario por importe de 70.000 euros y más tarde otro cheque por importe de 69.000 euros, así como una disposición en efectivo por importe de 42.000 euros: en total 181.000 euros.

A otra cuenta un cheque bancario por importe de 121.177 euros y, un reintegro por importe de 57.000 euros: en total 178.177 euros. Asimismo, la acusada sacó de cajeros de Oviedo un total de 38.000 euros.

Los hechos relatados produjeron una pérdida patrimonial para el perjudicado de, como mínimo, 397.177 euros, de todos los ahorros con los que contaba. La acusada, mientras convivía con el hombre, dio a luz un niño el día 24 de diciembre de 2015, fruto de otra relación sentimental.

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