Borrar
El TSJA declara prescrito el delito de usurpación por la ocupación de La Madreña

El TSJA declara prescrito el delito de usurpación por la ocupación de La Madreña

Entre los acusados se encontraba el diputado regional de Podemos, Andrés Fernández Vilanova y el concejal de Somos Oviedo, Rubén Rosón

efe

Lunes, 16 de abril 2018, 11:46

Necesitas ser suscriptor para acceder a esta funcionalidad.

Compartir

El Tribunal Superior de Justicia de Asturias (TSJA) ha reconocido la prescripción del delito de usurpación del que estaban acusadas diez personas, entre ellas el diputado regional de Podemos Andrés Fernández Vilanova, y el concejal de Economía de Oviedo, Rubén Rosón, por la ocupación del espacio social de La Madreña.

El TSJA, que acogió la vista oral los pasados días 3 y 4 de abril, ha declarado la extinción de la responsabilidad criminal de los diez acusados, en una sentencia contra la que cabe recurso de casación ante el Tribunal Supremo.

La Fiscalía había interesado la imposición de una multa de 4.500 euros para Fernández Vilanova y Roson, de 2.160 euros para otro de los diez acusados, y de 1.440 euros para el resto, mientras que las defensas habían solicitado la libre absolución.

Este proceso judicial comenzó en noviembre de 2011, cuando la empresa pública Sedes denunció la ocupación ilegal del edificio ubicado en el número 32 de la calle General Elorza de Oviedo, donde varias personas lo utilizaron como espacio social para la organización de actividades como charlas o talleres.

La Sala Civil y Penal del TSJA argumenta que si bien en el momento de la denuncia de los hechos, incluso cuando se produjo el desalojo, el delito en cuestión estaba incurso dentro de la categoría de menos grave, en el momento de su enjuiciamiento, tras la reforma del Código Penal, pasó a ostentar la calidad de delito leve, que ya habría prescrito.

El fallo recuerda que desde el momento de los hechos hasta la primera imputación transcurrió más del año legalmente establecido para la prescripción.

La sentencia admite que la ocupación del inmueble podría ser constitutiva de un delito de usurpación, no obstante, precisa que, al establecer la prescripción del delito, no procede dirimir siquiera sobre la posible responsabilidad o no de los acusados.

La Fiscalía fundamentaba su acusación en la ocupación del edificio, a partir de noviembre de 2011, sin la autorización de su propietario, la empresa pública Sedes, con el «ánimo de utilizarlo de forma permanente para fines personales».

El edificio fue finalmente desalojado por la Policía Nacional el 3 de junio de 2014.

Durante la vista oral, los acusados negaron su responsabilidad en la ocupación del inmueble y defendieron que La Madreña era un centro abierto a toda la ciudadanía para la realización de actividades sociales sin que hubiera colectivo alguno que lo dirigiese.

Reporta un error en esta noticia

* Campos obligatorios