Asturias será la tercera comunidad española en regular el derecho de admisión en establecimientos y espectáculos públicos, tras Cataluña y Andalucía. Es decir, habrá una norma a la que los hosteleros y responsables de eventos públicos podrán acudir para impedir el paso a ciertas personas, o bien exigir a otras que abandonen su local. La norma en cuestión será el decreto que desarrolla la Ley de Espectáculos Públicos y Actividades Recreativas del Principado, y que según las previsiones de director general de Seguridad Pública, Francisco de Asís Fernández, estará en vigor en «dos o tres meses». En cualquier caso, será aplicable antes del verano.
Por primera vez se ponen sobre el papel en Asturias los supuestos en los que los hosteleros y demás responsables de establecimientos o espectáculos públicos podrán negar la entrada a un cliente. Entre las situaciones susceptibles de provocar esta actuación está «portar símbolos o ropa que puedan inducir a la violencia, la xenofobia o el racismo», explican los servicios jurídicos de Hostelería de Asturias, tal y como está recogido en el artículo 8.f del decreto. Eso sí, el director general de Seguridad Pública asegura que se trata de una norma «muy restrictiva para los hosteleros», que no podrán echar a gente de sus locales de manera arbitraria.
Llamar a la Policía
Desde Hostelería de Asturias se felicitan por la norma, que fue aprobada por unanimidad en el Consejo Asesor de Espectáculos Públicos y Actividades Recreativas (donde están representados vecinos, sindicatos, el Principado, consumidores y empresarios). El motivo de su dicha es que van a poder requerir la presencia de las fuerzas de seguridad cuando se encuentren en problemas. «Hasta ahora existía un vacío legal total. El hostelero se encontraba con que a la hora de expulsar a alguien cuando molestaba, y llamaba a las fuerzas del orden, al llegar la Policía cesaba en su actitud y los agentes no podían echarlo, porque no había norma que se lo permitiera».
Esa indefensión que dicen sentir los hosteleros se produce, aseguran desde la asociación empresarial, desde que se abolió «el derecho de admisión entendido como carta blanca para echar a quien se quisiera». Eso ocurrió con la consagración del principio de igualdad que recoge la Constitución. De hecho, locales que mantenían los carteles que rezaban 'se reserva el derecho de admisión' han sido sancionados porque «no se puede limitar el derecho de acceso de manera arbitraria».
Entre los casos en los que se puede requerir la presencia policial está el consumo de tabaco en lugares no habilitados para ello. De ese modo, Asturias se convierte en la primera región, aunque sea de manera indirecta, en la que los titulares de bares y restaurante podrán actuar contra los fumadores incontrolados y valerse para ello de las fuerzas de seguridad, que ya podrán actuar con un apoyo legal.
Al parecer, los hosteleros también pretendían regular la indumentaria para el acceso a ciertos actos y locales, algo que no permitió el Principado. Porque Francisco de Asís Fernández ve la norma desde otra perspectiva: que los hosteleros deberán admitir en sus locales a todos los clientes que no incurran en las cerradas prohibiciones que marca la ley.