Jaime Rabanal anunció esta semana que las deducciones autonómicas se incrementarán en un 3% para compensar el efecto de la inflación. Un conjunto de medidas que pretenden, entre otros objetivos, mantener el poder adquisitivo de las familias con rentas más bajas y facilitar a los jóvenes el acceso a una vivienda digna.
1. Deducción por acogimiento de mayores de 65 años. Los contribuyentes podrán deducir 309 euros por cada persona mayor de 65 años -sin vínculo parental- que conviva con el contribuyente durante más de 183 días al año en régimen de acogimiento sin contraprestación, cuando no se hubieran percibido ayudas.
309 euros
2. Deducción por adquisición o adecuación de la vivienda habitual para contribuyentes discapacitados. Los contribuyentes discapacitados que acrediten un grado de minusvalía igual o superior al 65% podrán deducir el 3% de las cantidades satisfechas durante el ejercicio en la adquisición o adecuación de aquella vivienda que constituya, o vaya o constituir, como su residencia habitual.
3% de la cuota
3. Deducción por adquisición o adecuación de vivienda habitual para contribuyentes que convivan cónyuges, ascendientes o descendientes minusválidos. La anterior deducción resultará igualmente aplicable cuando la minusvalía sea padecida por el cónyuge, ascendientes o descendientes que convivan con el contribuyente durante más de 183 días al año y no tengan rentas anuales, incluidas las exentas, superiores al indicador público de renta de efectos múltiples (IPREM).
3% de la cuota
4. Deducción por inversión en vivienda habitual que tenga la consideración de protegida. Los contribuyentes que integren en la base imponible del impuesto del IRPF el importe de subvenciones o ayudas económicas percibidas para la adquisición o rehabilitación de una vivienda habitual con la consideración de protegida tendrá derecho a aplicar, en la cuota íntegra autonómica del referido impuesto, una deducción de 103 euros.
103 euros 5% de la cuota 155 euros 62 euros
5. Deducción por alquiler de vivienda habitual. Podrá deducirse el 5% de las cantidades satisfechas en el periodo impositivo por alquiler de la vivienda habitual del contribuyente, con un máximo de 250 y siempre que concurran una serie de requisitos.
6. Deducción para desempleados menores de 30 años y desempleadas que se establezcan como trabajadores por cuenta propia o autónomos. Las mujeres y los jóvenes menores de 30 años que comiencen el ejercicio de una actividad en el Principado como trabajadores autónomos o por cuenta propia podrán deducir un importe de 155 euros de la cuota íntegra autonómica.
7. Deducción a favor de los trabajadores autónomos o por cuenta propia. Podrán deducir la cantidad de 62 euros los trabajadores por cuenta propia o autónomos siempre y cuando cumplan una serie de requisitos de renta. En todo caso, esta deducción es incompatible con la anterior para desempleadas de cualquier edad y desempleados menores de 30 años que se establezcan como trabajadores por cuenta propio o autónomos.
8. Deducción por incentivos a la donación de fincas rústicas a favor del Principado. Podrá deducirse el 20% del valor de las donaciones de fincas rústicas hechas a favor del Principado, con un máximo del 95% del total de ellas.
20% de cuota