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Jueves, 18 de mayo de 2006
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GIJÓN
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El jurado popular declara culpable de homicidio a la parricida de Portuarios
María Soledad F. G., a la que se le tuvieron en cuenta hasta cuatro atenuantes, se enfrenta a una pena de cárcel de entre 2,5 y 6 años
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EL VEREDICTO
Condena: el jurado popular declara culpable a María Soledad F. G., de 29 años, como autora de un delito de homicidio.

Legítima defensa: los miembros del jurado consideran probado que la mujer no asestó seis puñaladas a su pareja por este motivo ni por ser presa de un miedo insuperable.

Atenuantes: sí valoraron, no obstante, que actuó en un estado de arrebato, bajo el influjo de las drogas y el alcohol, con miedo y que trató de auxiliar a su víctima.

Pena: oscilará entre los dos años y medio y los seis años.

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El jurado popular emitió ayer su veredicto en el caso de la parricida de Portuarios. María Soledad F. G. fue declarada culpable como autora de un delito de homicidio después de que los integrantes del jurado rechazasen que la legítima defensa estuviera detrás de las seis puñaladas que acabaron con la vida de su novio José Luis Menéndez Cuervo en la madrugada del 3 de junio de 2003. La condenada se enfrenta por estos hechos a penas comprendidas entre los dos años y medio y los seis años.

No obstante, en la condena efectuada por el jurado concurrieron hasta cuatro atenuantes. Así apreciaron que la mujer obró en «estado de arrebato, obcecación u otro estado pasional semejante». También consideraron probado que tanto María Soledad como su víctima habían ingerido bebidas alcohólicas la noche del crimen. En el caso de la condena además se tuvo en cuenta su politoxicomanía, es decir, su larga adicción a la heroína y al alcohol.

Otra circunstancia atenuante considerada por el jurado fue el hecho de que la mujer intentó auxiliar a su compañero sentimental tras apuñalarle. A esa conclusión llegaron tras juzgar probado que le hizo el boca a boca y un masaje cardiaco, además de llamar ella misma a una ambulancia y confesar los hechos a la policía.

Por último, el jurado también valoró el miedo que María Soledad pudo sentir hacia su pareja ante de agredirle mortalmente. No obstante, desestimó que este miedo fuera insuperable.

Sobre la posibilidad de indulto o de suspensión de la pena, ya que la condenada carece de antecedentes delictivos y ya cumplió casi un año de presidio, el jurado emitió su criterio desfavorable, por lo que es casi seguro que la mujer deberá permanecer en prisión.

Una vez conocido el veredicto, acusación particular, fiscalía y defensa hicieron públicas sus peticiones ante el juez. La acusación particular, ejercida por la madre del fallecido, pidió para la condenada seis años de prisión y 70.000 euros de indemnización; el Ministerio Fiscal solicitó una pena de cinco años de cárcel y 60.000 euros; y el abogado defensor reclamó para su cliente la rebaja de dos grados de la pena por la confluencia de atenuantes: entre dos años y seis meses y cinco años.

La sentencia firme se conocerá la próxima semana. Hasta entonces el magistrado deberá fundamentar jurídicamente este veredicto e imponer una pena que oscilará entre los dos años y medio -el mínimo que solicita la defensa- y los seis años -el máximo de castigo que pide la acusación particular-. La indemnización que la condenada deberá abonar a la familia de su víctima rondará los 60.000 euros (10 millones de pesetas).



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