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Jueves, 18 de mayo de 2006
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El Tribunal Superior vasco suspende la condena a Otegi por injuriar al Rey
El Tribunal Superior vasco suspende la condena a Otegi por injuriar al Rey
CONDENADO. Arnaldo Otegi, en el juicio que se siguió contra él por sus palabras sobre el Rey, en marzo del año pasado. / EFE
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El Tribunal Superior de Justicia del País Vasco hizo pública ayer su decisión de suspender la ejecución de la condena a un año de cárcel impuesta a Arnaldo Otegi por injuriar al Rey, medida condicionada a que el líder de Batasuna no delinca durante un período de tres años. El fiscal ha respaldado la decisión del tribunal, ya que considera que «el contexto social en que los hechos presuntamente se cometieron (de intensa ofensiva terrorista y acoso del Estado a ETA y Batasuna) y las circunstancias actuales (de alto el fuego) reflejan la imagen de una persona que no delinquirá en el futuro».

El acuerdo de la Sala de lo Civil y Penal del tribunal vasco deja sin efecto la condena impuesta a Otegi por unas declaraciones que realizó en febrero de 2003, en las que de forma despectiva calificó a don Juan Carlos de «jefe de los torturadores». El portavoz de Batasuna fue juzgado por esos hechos y condenado en marzo de 2005 por un delito de injurias al Rey, castigo que confirmó el Tribunal Supremo y que ahora la justicia vasca deja en suspenso.

La sala deja claro en la resolución que ha tenido en cuenta los argumentos del Ministerio Fiscal, que «como defensor de la legalidad ha informado en sentido favorable a la concesión de la ejecución de la pena privativa de libertad al no apreciar peligrosidad en la persona de Arnaldo Otegi».

Los magistrados basan su decisión en la doctrina fijada del Tribunal Constitucional, que señala que «las normas deben ser interpretadas en la forma más favorable al ejercicio de los derechos fundamentales como, en este caso, es el de la libertad». Así, subraya que esa institución «acuerda de forma reiterada y constante» que los condenados no ingresen en prisión «cuando se trata de penas privativas de libertad de corta duración».



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