La Autoridad Portuaria de Gijón ha adquirido un radar móvil de funcionamiento con laser para controlar la velocidad de coches y camiones en terrenos del puerto, pero también la de los barcos en la lámina de agua que se encuentra bajo su responsabilidad.
El aparato entrará en servicio, previsiblemente, dentro de dos o tres semanas, pero la Autoridad Portuaria ha comenzado ya una campaña de divulgación entre los usuarios habituales del puerto para que moderen ya la velocidad a la que circulan.
Los responsables portuarios están transmitiendo la idea de que el objetivo del radar no es sancionar y, mucho menos, recaudar, aunque la normativa vigente da pie para hacerlo, sino disuadir a quienes consideran que el viario de El Musel es una especie de ciudad sin ley para que respeten las señales, como en cualquier otra calle o carretera.
La decisión de adquirir un radar que no sólo sirva para determinar la velocidad a la que se circula en terreno portuario, sino que disponga, además, de la homologación necesaria para que sus registros sean fehacientes a efectos de sancionar, parte de la reducción de la seguridad derivada del incremento de tráfico que ocasionan las obras.
Son muchos vehículos al día los que atraviesan los viales portuarios y no pocas veces a velocidad muy superior a la permitida (las señales marcan un máximo de 50 kilómetros por hora.
No obstante, la Autoridad Portuaria niega, al informar a los usuarios habituales de El Musel sobre el proyecto, que tenga afán sancionador y, mucho menos, recaudador. Antes bien, según pudo saber EL COMERCIO, las posibles infracciones serán comunicadas a los interesados para que corrijan su conducta de forma voluntaria y prácticamente se descarta, salvo en casos de reincidencia notable, más represalia que la denegación temporal del acceso al puerto.
El Musel ya controla los vehículos que entran o salen del puerto y sus viales no están abiertos a uso público. Para entrar en terreno portuario, ya sea en vehículo o a pie, hay que obtener el permiso correspondiente y una forma de sanción podría ser la retirada temporal de la autorización de acceso.
No obstante, el objetivo de evitar multas en todo lo posible no impide que, llegado el caso, una sanción firme sea comunicada a Tráfico, a los efectos oportunos de retirada de puntos.
Tres nudos máximo
Como queda dicho, el radar adquirido por la Autoridad Portuaria de Gijón podrá ser también utilizado para el control de barcos. El organismo portuario, según regulación publicada en el Boletín Oficial del Estado el 14 de noviembre de 2001, tiene competencias en la lámina de agua que comprende entre 2,5 millas al Norte de la ría de Aboño y 3,5 millas al Norte del cabo de San Lorenzo (cerro de La Providencia) -entre 5º 42' 52" Oeste y 5º 38' Oeste, de longitud, y 43º 37' Norte y 43º 33' Norte, de latitud-.
Se excluyen, específicamente, la zona de la playa de San Lorenzo y hasta 100 metros mar adentro de la bajamar viva equinoccial en las puntas del Cuervo y de Cervigón.
En el puerto deportivo está prohibida la navegación a más de tres nudos (millas por hora) y, por lo tanto, el mismo radar podrá ser utilizado para propiciar la moderación de las embarcaciones, especialmente en el canal de acceso, para aumentar la seguridad del conjunto de usuarios.