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Javier León de la Riva.
El juez exime al alcalde de Valladolid por manipular el POUG de la ciudad

El juez exime al alcalde de Valladolid por manipular el POUG de la ciudad

La Sala, que tampoco imputa al concejal Manuel Sánchez, no aprecia indicios suficientes de responsabilidad delictiva

redacción

Jueves, 30 de octubre 2014, 13:14

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La Audiencia de Valladolid desestima la petición de imputación respecto del alcalde de Valladolid, Javier León de la Riva, en el caso de la manipulación del PGOU de la ciudad al no apreciar indicios suficientes de responsabilidad delictiva en las actuaciones que han sido estudiadas. Tampoco se imputa al concejal Manuel Sánchez Fernández. Este acuerdo es inapelable; no cabe recurso en la jurisdicción ordinaria. La Audiencia también exime de responsabilidad al secretario general del Consistorio, Valentín Merino, al exjefe de la Asesoría Jurídica José Luis Barca y al letrado municipal Luis Ángel Lavín Deza.

El alcalde de Valladolid, Francisco Javier León de la Riva, ya fue eximido de cualquier responsabilidad en esta presunta trama de corrupción urbanística por el Juzgado de Instrucción número 1 de Valladolid, una exoneración, que fue recurrida por la Fiscalía y por la Federación de Asociaciones Vecinales Antonio Machado al considerar que tanto el primer edil como el concejal Manuel Sánchez, entonces responsable del área de Planificación Urbanística, pudieron tener conocimiento y participar de las operaciones ilegales por las que el magistrado José María Crespo imputó, en 2013, a doce personas y cuatro empresas por delitos contra la ordenación del territorio, prevaricación, falsedad, cohecho, tráfico de influencias y negociación prohibida a funcionarios.

El caso de manipulación del PGOU fue llevado a los tribunales en 2008 por el PSOE tras detectar en el documento de planeamiento alteraciones de calado en artículos y planos entre su aprobación en el pleno y su posterior publicación en el Boletín de la Provincia con el objetivo de beneficiar a determinados propietarios y promotores de suelo de la capital con modificaciones que permitían aumentar la edificabilidad, construir en algunos terrenos más viviendas de las estipuladas en los planos originales o facilidades para descatalogar edificios, entre otras.

El Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León anuló en 2011 la orden de la Consejería de Fomento de la Junta que calificaba como errores materiales los cambios introducidos en ocho artículos y dos planos del Plan General de Ordenación Urbana de Valladolid. Los magistrados consideraron entonces que se trata de «alteraciones conscientes» de los textos y dibujos «que por su índole e importancia cambian el sentido de las determinaciones urbanísticas afectadas», La sentencia instó al Ayuntamiento a revisar de oficio todo el PGOU ante los indicios fundados de que hay más artículos que fueron retocados, después de que fueran aprobados por el pleno en diciembre de 2003 y antes de su publicación en el Boletín Oficial de la Provincia en febrero de 2004.

La sentencia dejaba claro que las modificaciones realizadas en el planeamiento no fueron inocentes, «ni se trata de equivocaciones elementales en la transcripción de los documentos». Como prueba, en uno de los planos modificados se pasó de poder edificar únicamente nueve viviendas en un terreno de la avenida de Madrid a dar cabida a 124.

En febrero de este mismo año el Tribunal Supremo desestimaba el recurso de casación presentado por el Ayuntamiento de Valladolid contra la sentencia del TSJ de Castilla y León, que declaró nulo el procedimiento de corrección de errores aplicado tras detectarse la manipulación.

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