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Guillermo Zapata.
El juez archiva la causa contra el concejal Zapata

El juez archiva la causa contra el concejal Zapata

Pedraz valora un escrito exculpatorio de Irene Villa y asegura que no hubo dolo en los comentarios del edil de Ahora Madrid

Mateo Balín

Jueves, 2 de julio 2015, 12:19

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El juez de la Audiencia Nacional Santiago Pedraz ha acordado el archivo de la querella presentada por la asociación Dignidad y Justicia contra el concejal de Ahora Madrid Guillermo Zapata por un delito de humillación a las víctimas del terrorismo o de sus familiares.

DyJ recurrirá el archivo de la causa

  • El presidente de Dignidad y Justicia (DyJ), Daniel Portero, ha anunciado que la asociación recurrirá en la Audiencia Nacional el archivo de la causa y ha destacado que, a su juicio, Pedraz se ha "precipitado" al valorar cuál fue la intencionalidad de Zapata al difundir sus tuits sin "ni siquiera" tomarle declaración. El edil madrileño estaba citado como imputado para el próximo 7 de julio, una comparecencia que ha sido suspendida al haberse archivado el caso.

  • Portero ha destacado que el delito de humillación a las víctimas "se ha producido" con independencia de que una de las partes -Irene Villa- haya dicho que no se siente ofendida. "Existen muchísimas más víctimas en la misma situación que ella y el espíritu del artículo 578 del Código Penal está dirigido a un colectivo completo, no una persona concreta porque eso afectaría a su derecho al honor", ha explicado.

  • Por su parte, el portavoz del Grupo de Popular en el Congreso,

  • Rafael Hernando

  • , ha remarcado que pese a no tener consecuencias penales, los comentarios de Zapata implicaban un "desprecio brutal a las víctimas" del terrorismo y del Holocausto y "descalifican moralmente" a su autor.

El juez ha considerado que la conducta imputada al concejal del ayuntamiento de Madrid es "de todo imposible incardinarla en precepto penal alguno".

En contra del criterio del fiscal, Pedraz explica primero por qué procede el archivo en este momento, una vez vistos los hechos imputados, lo alegado por la víctima de ETA Irene Villa (víctima de los comentarios del edil en la red social Twitter) en un escrito al juzgado y la personación en forma del imputado. Con todo ello, dice el auto del juez, "se disponen ya de elementos suficientes para concluir que no ha existido reproche penal en la conducta de Zapata".

Después de analizar la requisitos del artículo 578 del Código Penal que castiga con hasta dos años de prisión a quien menosprecia o humilla a las victimas, persiguiendo conductas especialmente perversas y que exigen un ánimo directo de desprestigiar o rebajar la dignidad de las victimas, Pedraz concluye que el tuit investigado "no integra ni una conducta especialmente perversa ni se da el dolo específico, ni además se ha humillado a la víctima, como así afirma Doña Irene Villa".

El juez encuadra ese tuit, como lo calificó la propia testigo, como chiste de "humor negro", cuyo ánimo es muy distinto al de desprestigiar o rebajar la dignidad de las víctimas. Pedraz reconoce que este tipo de humor puede causar perplejidad o indignación en un amplio sector social, sobre todo en aquel a quien ha afectado el terrorismo, "y como en el caso de la asociación Dignidad y Justicia que defiende intereses legítimos de víctimas del terrorismo". Pero el juez recuerda que el legislador en estos casos no ha contemplado que esa perplejidad e indignación merezca un reproche penal.

Derecho penal del enemigo

El juez señala que actualmente en internet hay miles de chistes idénticos o parecidos desde hace bastante tiempo, sin que conste antecedente alguno de que la Audiencia Nacional haya incoado una causa, "y desde luego lo que no puede hacerse es perseguir solo a determinadas personas y no a otras (derecho penal del enemigo) como parece acontecer en este caso".

De perseguirse esta conducta, añade el juez, se tendrían que perseguir todos los chistes similares, en una " pendiente resbaladiza" donde cualquier persona o colectivo podría denunciar chistes de 'humor negro' sobre determinadas materias que les pueda afectar. Una dinámica que entraría en colisión con la libertad de expresión, con el principio de intervención mínima y que provocaría un derecho penal del enemigo, "desde luego una amenaza para los principios y garantías del Estado de Derecho", argumenta Pedraz.

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