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Mina de Cobre las Cruces, en Sevilla.
Resuelto el juicio de Cobre las Cruces con multa de 6.750 euros para cada acusado

Resuelto el juicio de Cobre las Cruces con multa de 6.750 euros para cada acusado

Conformidad entre las partes al admitir los acusados los hechos y reducir la Fiscalía sus peticiones de condena

europa press

Lunes, 12 de septiembre 2016, 23:10

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La Sección Tercera de la Audiencia Provincial de Sevilla ha condenado a Françoise Fleury, William Thomas y Paz Cosmen, a multas por valor de 6.750 euros en cada uno de los casos y un año de cárcel cuya ejecución queda suspendida siempre que no vuelvan a delinquir durante un plazo de dos años, como autores de un delito contra el medio ambiente y otro de daños al dominio público, por la contaminación y la detracción no autorizada de agua detectadas en la mina Cobre las Cruces, ubicada en suelos de Gerena, Guillena y Salteras.

Este juicio, como se había informado, estaba señalado en principio para el 18 de septiembre de 2017 y para los acusados; el exconsejero delegado de Cobre las Cruces Françoise Fleury; el exdirector de Minas William Thomas Willliams y la directora del área de Medio Ambiente, Paz Cosmen, la Fiscalía solicitaba un total de cinco años y medio de cárcel por delitos contra el medio ambiente y de daños al dominio público.

El procedimiento judicial se remonta a 2008 y parte de una querella de la Fiscalía de Medio Ambiente y Patrimonio Histórico, a raíz de los expedientes sancionadores previamente incoados por la Confederación Hidrográfica del Guadalquivir (CHG) contra Cobre las Cruces, por la detracción no autorizada de 75.000 metros cúbicos de agua del acuífero Niebla-Posadas, la práctica de 20 sondeos no autorizados y el vertido de arsénico y otras sustancias contaminantes a este cauce hídrico explotado por la empresa minera, mediante una autorización de la CHG.

La Fiscalía, en su escrito de acusación inicial, recogido por Europa Press, señalaba que "la dinámica de la empresa" Cobre las Cruces, --entonces filial de la multinacional 'Inmet Mining' y ahora perteneciente a 'First Quantum'--, fue el "incumplimiento" de la autorización concedida para el aprovechamiento del acuífero, mencionando entre otras cosas aspectos como "sondeos sin preceptiva autorización", extracciones de agua cuya acta de reconocimiento carecía de aprobación, una "detracción ilegal" de aguas y "concentraciones de arsénico" en el caudal del acuífero.

Suspensión de la autorización

La CHG, a cuenta de estos hechos, suspendió provisionalmente la concesión administrativa otorgada a Cobre las Cruces para el aprovechamiento del acuífero a través del citado sistema de drenaje y reinyección de agua, si bien la concesión fue finalmente restituida a cuenta de las medidas adoptadas por la compañía para solventar las incidencias.

La Fiscalía, así, reclamaba para cada uno de los tres acusados cuatro años de prisión, tres años de inhabilitación y 9.000 euros de multa por un delito contra el medio ambiente, así como un año y medio de cárcel y 2.700 euros de multa por un delito de daños al dominio público. Además, se les solicitaba el pago de 607.430 euros en concepto de responsabilidad civil.

Y aunque el juicio estaba inicialmente señalado para el 18 de septiembre de 2017, la vista oral ha sido celebrada ya este lunes, al mediar una conformidad entre los acusados y la Fiscalía, adhiriéndose Ecologistas en Acción a dicho acuerdo, ya que el colectivo figuraba como acusación popular en esta causa.

En concreto, Françoise Fleury, William Thomas Willliams y Paz Cosmen han reconocido este lunes ante el tribunal la autoría de los citados delitos contra el medio ambiente y de daños al dominio público, toda vez que los dos primeros han participado en la vista mediante videoconferencia y la última de ellos sí ha asistido como tal al juicio.

La Fiscalía reduce sus peticiones

La Fiscalía, de su lado, ha reducido sus peticiones de cinco años y medio de cárcel y multas por valor de 11.700 euros para cada uno de los tres acusados, a un año de cárcel, una multa de 2.700 euros y una inhabilitación de un año para el ejercicio de la profesión, por el delito contra el medio ambiente, porque en cuanto al delito de daños al dominio público recocido por los ya condenados, ha rebajado su petición a tres meses de prisión sustituible por una multa de 2.700 euros y una multa más de 1.350 euros.

Todo ello, suspendiendo además la ejecución de la pena de cárcel siempre y cuando los condenados no delincan en un plazo de dos años. Los tres acusados, así, han aceptado estas penas, que en la práctica se reducen a multas de 6.750 euros por cabeza, toda vez que la propia compañía Cobre las Cruces tiene la obligación de responder directa y solidariamente de tales sanciones.

Y "solidariamente los acusados y subsidiariamente Cobre las Cruces", esta sentencia condenatoria recogida por Europa Press implica una indemnización a la CHG de 43.688 euros por la contaminación del agua y de 249.521 euros por los daños derivados por la detracción del agua. Dado que la compañía había consignado más de 619.000 euros por posibles responsabilidades civiles, se le devolverá la diferencia de las cuantías ya descritas.

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