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Chaves evita la pena de cárcel al rechazar el tribunal de los ERE la trama criminal

Chaves evita la pena de cárcel al rechazar el tribunal de los ERE la trama criminal

El expresidente andaluz, que a diferencia de Griñán no está acusado de malversación, solo podría ser inhabilitado para cargo público

Cecilia Cuerdo

Sevilla

Viernes, 9 de febrero 2018, 14:05

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El PP se quedó solo en su petición de considerar a los acusados en la denominada pieza política de los ERE una trama criminal. La Audiencia provincial de Sevilla ha descartado enjuiciar en el caso el delito de asociación ilícita, como pedía la acusación que ejercen los ‘populares’, una posibilidad que podría haber acarreado hasta dos años de cárcel para el expresidente Manuel Chaves y otros ex cinco altos cargos de la Junta de Andalucía, entre ellos la exministra Magdalena Álvarez. El tribunal atiende así a la petición de las defensas e, incluso, de la Fiscalía, que se habían pronunciado en contra de juzgar este delito al no hallar indicios de una confabulación.

La decisión judicial supone un alivio para el expresidente andaluz, ya que a diferencia de José Antonio Griñán no está acusado de malversación de fondos, sino solo de prevaricación, y este delito no acarrea penas de cárcel, aunque sí de inhabilitación para cargo público. La inclusión de la asociación ilícita suponía además equiparar este caso con los procesos de corrupción del PP, como Gürtel por ejemplo, donde Anticorrupción sí apreció la existencia de una trama criminal para favorecer la financiación ilegal del partido.

El tribunal recuerda que el juez instructor no apreció que concurriesen todos los requisitos para incluir tal delito, y solo mencionó la existencia de una «pluralidad de personas concertadas», lo que indicaría en todo caso una «codelincuencia».

No habrá suspensión

En un auto dado a conocer este viernes, la Sección Primera de la Audiencia provincial resolvió diversas cuestiones previas planteadas por las partes en las primeras sesiones del juicio, celebradas a finales del pasado año. Así, aleja los temores a una suspensión de la causa, como pedía la defensa de Griñán, al entender que no existe vulneración del derecho al juez predeterminado por ley al ser el magistrado de refuerzo quien concluyó la instrucción tras la marcha de Mercedes Alaya, en vez de repartirse de nuevo.

También rechaza uno de los aspectos que causó más estupor entre los abogados, como fue la petición de la Fiscalía de devolver el sumario al instructor para que se delimite el objeto de la causa, al haber establecido previamente la Audiencia que solo deberá haber un juicio para cada uno de los exaltos cargos, apartándolos de la multitud de piezas separadas en las que se investigan cada una de las ayudas individuales. El Ministerio Público solicitó un «pronunciamiento expreso» sobre si se juzga solo el sistema de ayudas o también las 270 ayudas individualizadas, pero la Audiencia estima que lo que se va a someter a enjuiciamiento está «bien definido» en los autos por los que se fue desgajando la causa en piezas separadas.

Por último, la Audiencia rechaza la petición de que los imputados declaren al final de la causa, una vez oídos los testigos y los peritos, ya que «no existen razones de necesidad ni conveniencia que aconsejen» dicha modificación. De esta manera, el juicio se retomará el próximo día 12 con la declaración de los encausados.

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