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Condenado a 28 años el hombre que asesinó a su expareja de 85 puñaladas

La Audiencia de Valencia le prohíbe acercarse a sus tres hijos y a los padres de la víctima

EFE

Martes, 27 de junio 2017, 14:49

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La Audiencia de Valencia ha condenado a 28 años y 8 meses de prisión a un hombre que asesinó a su excompañera sentimental de 85 puñaladas, después de que un jurado popular emitiera veredicto de culpabilidad el pasado 12 de junio.

La Sala le impone 25 años de prisión por un delito de asesinato con ensañamiento y alevosía, y la agravante de parentesco, por el delito de maltrato habitual en el ámbito familiar le condena a tres años de prisión y por el delito de amenazas en el ámbito familiar le castiga con 8 meses de prisión.

Según informa el Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad Valenciana, el condenado no podrá acercarse a los tres hijos que tenía con la víctima ni a los padres de esta, a los que deberá indemnizar con 230.000 euros.

En la resolución, la Sala explica que para el delito de asesinato se impone la pena de 25 años por "las especiales circunstancias del caso y la naturaleza de los hechos", además de que, pese a que el condenado no tiene antecedentes computables, "es la segunda vez que comete hechos semejantes, ya que lo intentó con su primera mujer, si bien no llegó a causarle la muerte".

El hombre asesinó a la que había sido su pareja sentimental durante 15 años y madre de sus tres hijos en la vivienda en la que vivía la víctima en Valencia.

Durante los años de convivencia, la mujer había sufrido trato denigrante y vejatorio, con golpes, puñetazos y amenazas y llegó incluso a quemarle el pelo. En febrero de 2015, aproximadamente un mes después de que la víctima decidiera separase, el hombre la esperó en un rellano de su edificio y la obligó a entrar a su casa mientras la amenazaba con un cuchillo de cocina.

Una vez en el interior de la vivienda, le clavó el arma hasta 85 veces, primero en las manos y muñecas, y posteriormente en la cara, cabeza, boca y cuello, cortándole la laringe. Cuando la víctima cayó al suelo en estado agonizante, el condenado se colocó encima de ella y la apuñaló en el tórax, corazón y abdomen.

Pese a que el hombre llamó a la policía tras asesinar a su expareja, la Sala sigue la consideración del jurado popular y descarta considerar la atenuante de confesión ya que el hombre ofreció diferentes versiones de los hechos y su colaboración con la justicia fue "nula".

Además, la sentencia explica que falta uno de los requisitos a los que alude la jurisprudencia para considerar la atenuante de confesión que es "que no sea un hecho notorio su autoría ya antes de confesar el hecho", y en este caso lo fue, ya que, según la sentencia, no hay "ninguna duda" de que quien se encontraba dentro de la vivienda en el momento del suceso era el acusado.

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