Borrar
Un hombre cruza la carretera con el semáforo en rojo para los peatones.
Multas que te pueden poner cuando eres peatón

Multas que te pueden poner cuando eres peatón

Cruzar la calzada por un lugar 'incorrecto', transitar por la autovía o negarse a un control de alcoholemia está sancionado en la Ley de Tráfico

francisco jiménez

Lunes, 16 de abril 2018, 17:38

Necesitas ser suscriptor para acceder a esta funcionalidad.

Compartir

Peatón es toda persona que, sin ser conductor, transita a pie por las vías o terrenos. Así lo establece la Ley de Tráfico y Seguridad Vial, en la que también se da esta consideración a quienes empujan un carrito de bebé o una silla de ruedas, así como a ciclistas o conductores de ciclomotores cuando las conduzcan a pie. Partiendo de ahí, conviene recordar que, aunque no sea práctica habitual, las normas de circulación no sólo recogen los derechos de los viandantes, sino que como usuarios de la vía también tienen una serie de obligaciones que han de cumplir en pro de su propia seguridad y de la del resto de usuarios.

Aunque la inmensa mayoría de las multas son para los conductores, por motivos obvios, lo cierto es que la legislación también contempla sanciones para los peatones que no respeten las normas de tráfico, un aspecto en el que los agentes cada vez están poniendo más el acento para evitar los atropellos. En este sentido, un estudio del RACE (Real Automóvil Club de España) concluye que la imprudencia del peatón está detrás de uno de cada tres atropellos en zonas urbanas. Fundamentalmente por cuestiones de seguridad, pero también para evitar sustos en el bolsillo que pueden llegar hasta los mil euros, éstas son algunas multas que nos pueden poner como peatones:

-Cruzar la calzada fuera del paso de peatones existente: 80 euros

-Transitar por la calzada existiendo una acera para poder hacerlo correctamente supone una infracción en el Reglamento General de Circulación, ya que el peatón está obligado a desplazarse por la zona peatonal, salvo cuanto ésta no exista o sea impracticable. La sanción puede ser de 80 euros

-Caminar por autovías, autopistas o cualquier otra vía donde haya una señal que prohíba el acceso a peatones: 80 euros

-Cruzar la calzada cuando el semáforo está rojo para el peatón (verde para los vehículos) es una infracción grave penalizada con 200 euros.

-Cuando no hay zonas peatonales, el viandante puede ir por el arcén o, en su defecto, por la calzada. Si es en poblado, puede hacerlo por la izquierda o la derecha según las circunstancias concretas del tráfico y de visibilidad, pero si es fuera de poblado debe hacerlo por la izquierda, en el sentido contrario a los coches, salvo cuando concurran circunstancias que supongan un mayor riesgo. El incumplimiento de esta norma se penaliza con 80 euros.

-Atravesar una calzada que esté regulada en ese momento por un agente mientras éste no lo permita es una infracción grave, sancionable con 200 euros.

-Negarse a una prueba de alcoholemia. Incumplir la obligación de todos los usuarios de la vía de someterse a la prueba de alcoholemia o drogas cuando se esté implicado en algún accidente o se haya cometido una infracción acarrea una multa de 500 euros. En caso de dar positivo, puede llegar a los 1.000.

Reporta un error en esta noticia

* Campos obligatorios