La Consejería de Medio Rural y Pesca ha aprobado las directrices que regularán la pesca del pulpo común para la campaña 2010-2011 en el ámbito de aplicación del Plan de Gestión, que comprende desde la ría del Eo hasta la de San Esteban de Pravia. En ese espacio, la temporada pesquera comenzará el 15 de diciembre y se mantendrá abierta hasta el 14 de julio del próximo año.
La normativa, publicada ayer en el Boletín Oficial del Principado, tiene por objeto «preservar el recurso y mejorar su comercialización», por lo que la Dirección General de Pesca ha contado con las cofradías de Cudillero, Oviñana, Luarca, Puerto de Vega, Ortiguera, Viavélez, Tapia de Casariego y Figueras para establecer los criterios que ordenarán la práctica pesquera durante la nueva temporada.
Esas cofradías, además, son las únicas autorizadas para realizar los pesajes de las capturas, que deberán tener un peso mínimo de un kilo. No obstante, el Principado no limita la comercialización de los cefalópodos a esas lonjas, aunque sí deberán «suministrar un documento que certifique el pesaje y que ampare el transporte y la tenencia hasta la lonja donde se vaya a realizar la primera venta».
En esta línea, la Consejería de Medio Rural establece también que las cofradías del litoral occidental de Asturias «están obligadas a remitir a la Dirección General de Pesca la información precisa relativa al pesaje de las capturas del pulpo común, con carácter mensual» y a colaborar con técnicos del Gobierno regional en los oportunos trabajos «de control y seguimiento de la pesquería».
Nasas
En cuanto a las técnicas de pesca, el Principado mantiene los criterios establecidos en las últimas campañas. Así, la práctica pesquera sólo podrá realizarse en horas diurnas de lunes a sábado y el único aparejo permitido para la captura de los cefalópodos es la nasa. La normativa autoriza un número máximo de 125 por tripulante y las naves de tres o más tripulantes no podrán superar las 350 nasas.
Los aparejos, anota el Principado, pueden permanecer calados con cebo durante el período de descanso, aunque esta autorización estará supeditada «a la evolución de las capturas y el estado del recurso».
En todo caso, el cupo máximo de capturas a lo largo del período hábil de la campaña pesquera queda limitado a 10.000 kilos por embarcación.
Para el resto del litoral asturiano, no afectado por el plan de gestión de la pesca del pulpo, el Principado establece la prohibición de pescar desde el 1 de septiembre hasta el 31 de diciembre y, para la pesca deportiva, se estipulan dos periodos de veda, que comprenden los meses de enero y octubre del próximo año.