El magistrado-juez Francisco Javier Rodríguez Santocildes, del Juzgado de lo Penal 2 de Oviedo, dictó una sentencia condenando a los administradores de OCA Construcciones y Proyectos S. A. como autores de dos delitos contra la Hacienda Pública. El fallo entiende probado que los acusados José Ignacio Pérez Méndez, Juan Carlos Peñas Espinosa y Egoitz Estébanez Ortega recabaron facturas falsas para inflar los gastos deducibles en el Impuesto de Sociedades de los ejercicios 2003 y 2004. Los tres citados son propietarios del 63,96% de las acciones de la mercantil y conforman su consejo de administración.
Los recibos fueron expedidos por seis presuntos proveedores a los que también se condena por delitos de falsedad documental. El motivo es que las facturas «hacían constar operaciones que, por inexistentes, no respondían a la realidad», según describe el magistrado-juez. En total se han contado más de 50 comprobantes con los que OCA incrementó su cuenta de gastos en 846.164,62 euros. La operación le permitió eludir el pago de 141.649,88 euros en 2003 y de 154.497,76 euros al siguiente.
El fraude excede, por tanto, y para ambos balances los 120.000 euros a partir de los cuales el Código Penal empieza a sancionar la conducta con prisión de entre uno y cinco años. En este supuesto el magistrado-juez ha tenido en cuenta como «muy calificada» la atenuante de reparación del daño. Una vez descubiertas las irregularidades mediante una instrucción dirigida por Instrucción 2 de Oviedo, las partes no dudaron en reconocer los hechos, llegar a un acuerdo con el ministerio fiscal y la Agencia Tributaria, y se comprometieron a no recurrir la sentencia.
El fallo resultante condena a cada administrador a un año de prisión con inhabilitación para ejercer el sufragio en el mismo periodo. El magistrado-juez ofrece, eso sí, sustituir esta pena por el pago de una multa de 2.960 euros. Al margen de este extremo, los tres empresarios deberán abonar una multa global de 300.303,84 euros e indemnizar a la Hacienda Pública con 296.157,64 euros de principal más 112.209,82 por los intereses de demora. De estas penas se nombra responsable subsidiario a la mercantil OCA Construcciones y Proyectos S. A. , entidad a la que «se impone la prohibición de contratar con las administraciones públicas por un periodo de seis meses».
El castigo cuestiona la principal línea de negocio de la empresa. El informe de auditoria de cuentas anuales de OCA para el año 2010 reconocía un saldo de clientes de 19,9 millones, de los cuales el 19,1 procedían del sector público. En este aspecto el principal contratista de la sociedad era el Principado, cuya cartera alcanzaba los 9,3 millones en ese ejercicio, es decir, el 46,7% de las ventas de OCA.
El fallo obliga así de cierta forma a la mercantil a perseverar en la estrategia por internacionalización que se viene aplicando desde el estallido de la crisis. Fruto de esta respuesta, OCA logró que en 2010 el 5% de su obra fuera ejecutado fuera de España. En una reciente nota de prensa, la constructora informaba que su cartera de obras en Colombia, Bolivia y Perú alcanza ya los 55,74 millones.
La sentencia fue dictada el 12 de diciembre, convocando la empresa y a los pocos días una primera Junta General Extraordinaria de Accionistas el 20 de enero, a la que seguirá otra el 8 de marzo. Entre los puntos a tratar está el «cese y nombramiento de administradores de la sociedad».