La batalla por mantener las ayudas del Principado en la que están inmersos desde mayo de 2009 los dos centros asturianos que separan a su alumnado en función de su sexo (Los Robles y Peñamayor) acaba de dar un giro que puede dejarlos sin conciertos a partir del año 2013. Y, con esta nueva vuelta de tuerca, queda en el aire la escolarización de alrededor de 800 de estudiantes de la región. A partir de ahora, los colegios que únicamente admiten a alumnos y alumnas por separado (Los Robles a niños y Peñamayor a niñas) podrán existir en el sistema educativo español, pero, según el Tribunal Supremo, «se excluye a esos centros de la posibilidad de concertar con la Administración su sostenimiento con fondos públicos».
Dos recientes sentencias del alto tribunal -referidas a dos centros sexistas de Cantabria y Andalucía- dejan al margen de la legalidad los conciertos con los centros que segregan por sexo: alrededor de 70 en toda España, que reciben fondos de las distintas comunidades. Y casi todos vinculados al Opus Dei.
El Supremo entiende que las ayudas públicas a estas instituciones son incompatibles con la Ley Orgánica de Educación (LOE), aprobada por el anterior Gobierno socialista en 2006. En esta norma, el marco de referencia para todos los sistemas de enseñanza del país, se fija que en la admisión de alumnos no podrá haber «discriminación por razón de nacimiento, raza, sexo, religión, opinión o cualquier otra condición». Así, aunque no se menciona expresamente, el Supremo entiende que eso deja fuera de la posibilidad de que se subvencione a los centros que separan por sexo.
Por su parte, los centros siempre han alegado que su oferta, que llaman educación diferenciada, no es discriminatoria y, por lo tanto, no entraría en la categoría de discriminación por sexo. Y, de hecho, en los dos fallos del Supremo se incorpora el voto particular del magistrado Antonio Martí García, que expresa la misma idea.
La pregunta que todo el mundo se hace ahora es si las Administraciones autonómicas estarán obligadas a retirar los conciertos a los colegios sexistas, algo que, según los expertos, no está claro. Sin embargo, algunos juristas sostienen que, tras los fallos, los Gobiernos autónomos sólo podrán renovar y admitir nuevos conciertos con centros mixtos, aunque defienden que no habrá problemas con los que están vigentes. Es decir, que en ningún caso se quedarán sin fondos a mitad de curso.
Satisfacción de la consejera
En esa misma posición se mantuvo ayer la consejera de Educación, Ana González, que mostró su «satisfacción» por unas sentencias, dijo, que «coinciden con los planteamientos del Gobierno del Principado, que considera que no se puede sostener con fondos públicos ninguna propuesta educativa que discrimine en función de sexo y no considere la igualdad entre hombres y mujeres». También explicó que, toda vez que los conciertos se renuevan cada cuatro años, no será hasta 2013 cuando el Gobierno regional tome la decisión de retirarlos o no.
El Supremo se pronunció por primera vez sobre este asunto en 2008, cuando reconoció la potestad que tienen las comunidades para fijar la coeducación como requisito para acceder a los fondos públicos, pero el alto tribunal baja ahora al detalle y avala la decisión de Andalucía y Cantabria de retirar dos conciertos.
En el Principado, la anterior consejería liderada por Ana Isabel Álvarez (Foro Asturias), pretendió poner punto final a tres años de conflicto de la comunidad con Los Robles y Peñamayor el pasado octubre, dándoles vía libre para seguir con un modelo educativo que levanta ampollas en algunos sectores.
Fue entonces cuando el Tribunal Supremo comunicó a los servicios jurídicos de la Confederación Católica de Padres de Familia y Padres de Alumnos (Concapa) de Asturias que la Consejería de Educación no había formalizado el recurso de casación contra la sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Asturias (TSJA) que, a instancia de esa misma organización, había anulado la resolución del anterior Gobierno asturiano, con José Luis Iglesias Riopedre en Educación, por la que se retiraban los conciertos de los centros de enseñanza diferenciada.
Con esa decisión, la sentencia del TSJA que reconocía el derecho al concierto educativo de los centros asturianos (contra el criterio del Gobierno del Principado en manos del PSOE) se convirtió en firme. Pero, ahora, e l Tribunal Supremo falla que los conciertos sólo eran válidos hasta la entrada en vigor de la LOE, que incluye el sexo entre las posibles causas de discriminación.
El alto tribunal entiende, además, que eso no «perturba ningún derecho constitucional de los padres, que conservan el derecho de libre elección de centro», ni de los propietarios de los colegios afectados por los fallos.
Las asociaciones de padres de los colegios Torrevelo (Cantabria) y Peñalabra, en Sevilla, a los que se refieren las sentencias, estudian ya el recurso al Tribunal Constitucional, que dirá la última palabra.
El fallo no gusta a Wert
Al que no gustó la resolución del alto tribunal fue al Gobierno central. El ministro de Educación, José Ignacio Wert', aseguró que «respeta» la sentencia, pero recordó que la Unesco no considera discriminación la enseñanza segregada siempre que no suponga una desigualdad de oportunidades, por lo que, según el ministro más polémico del Ejecutivo, «no puede haber tampoco diferenciación en la aportación de fondos públicos».
Es decir: el Gobierno deja la puerta abierta a permitir esa financiación en la redacción de la nueva normativa sobre educación que prepara.