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Agentes de la Policía custodian el portal en cuyo primer piso fue asesinada M. C. G. en 2023 J. M. Pardo

La golpeó durante horas hasta matarla para quedarse con su pensión: acepta doce años de cárcel por el asesinato en Mieres

El hombre, que aceptó los hechos, vivía con ella y hasta la obligó a ejercer la mendicidad para conseguir dinero para droga

S. V.

Jueves, 26 de junio 2025, 14:06

El acusado de asesinar a una mujer en Mieres en marzo de 2023, a la que golpeó brutalmente durante varias horas para acabar con su vida con el objetivo de quedarse con su pensión, asumió hoy una condena de 12 años y 6 meses de prisión y 10 años de libertad vigilada por un delito de asesinato, según traslada la Fiscalía del Principado de Asturias.

El ahora condenado residía con la fallecida, con la que tenía una relación de amistad, y llegó a obligarla a ejercer la mendicidad para que le consiguiera dinero para drogas. En el momento de los hechos, tenía una fuerte adicción a los estupefacientes y un trastorno psíquico ocasionado por los mismos. La Sección Segunda de la Audiencia Provincial, con sede en Oviedo, celebró este jueves una vista en la que el acusado ratificó su conformidad con los hechos y las penas solicitadas para él por la Fiscalía del Principado de Asturias y la acusación particular.

El acusado vivía con M. C. G. S., de 60 años y con la que mantenía una relación de amistad, en el domicilio de ésta de Mieres. A lo largo de los años venía aprovechándose económicamente de ella, disponiendo de toda su pensión y dejándola prácticamente desvalida y sin cubrir sus necesidades vitales más elementales, como ropa o comida, todo ello con la única finalidad de pagarse las drogas que consumía con habitualidad. Llegó incluso a obligarla a ejercer la mendicidad en las puertas de un supermercado de la localidad de Ciaño para que le consiguiera más dinero.

El relato de los hechos

«De esta manera, el acusado, que quería disponer de la totalidad de la pensión de M. C. G. S. y no estar pendiente nunca más de ella, con claro ánimo de terminar con su vida, en hora no determinada pero en cualquier caso en la madrugada del día 29 de marzo de 2023, en el interior del domicilio que compartían, se dirigió a la mujer y la agarró fuertemente, llevándola hasta la cocina. Allí le ató fuertemente las muñecas con cinta de embalar de color transparente para que no pudiera defenderse y comenzó a propinarle numerosos golpes por todo su cuerpo, especialmente en la cara, cráneo, manos y piernas, utilizando para ello tanto sus propias manos como una cizalla y unos alicates que había en la cocina. La abordó de forma absolutamente sorpresiva y sin que la mujer pudiera prever el ataque ni por supuesto defenderse en modo alguno, teniendo en cuenta además la obesidad que padecía y que le dificultaba los movimientos. Los golpes fueron de extrema brutalidad y prolongados en el tiempo, ya que pasaron varias horas desde el primero hasta el que finalmente terminó con su vida. Una vez sucedió esto, el acusado arrastró el cuerpo hasta una habitación y lo abandonó allí, en el suelo».

El acusado propinó a la víctima un importantísimo número de golpes, muchos más de los estrictamente necesarios para causarle la muerte, originando de esta forma a la víctima una muerte lenta y agónica.

Tras el crimen, el acusado cogió una fregona y limpió el suelo de la casa, especialmente de la habitación, cocina y pasillo, para no dejar rastros biológicos de los hechos, abandonó la casa y se dio a la fuga.

En el momento de cometer los hechos, el acusado tenía parcialmente mermadas sus facultades de entender y de querer, como consecuencia del previo consumo de benzoilecgonina, cocaína, monoacetilmorfina, morfina y metadona. También por el trastorno psiquiátrico que sufría por consumo de drogas prolongado durante años.

La causa ha estado paralizada durante un importante período de tiempo por causas no imputables al acusado.

El acusado se encuentra en situación de prisión provisional sin fianza por esta causa desde el día 3 de abril de 2023.

Los hechos fueron considerados constitutivos de un delito de asesinato de los artículos 139.1.1º y 3º y 139.2 del Código Penal.

Concurre en el acusado la circunstancia atenuante por analogía de la responsabilidad penal de drogadicción.

Concurre en el acusado la circunstancia atenuante por analogía de la responsabilidad penal de anomalía o alteración psíquica.

Concurre en el acusado la circunstancia atenuante por analogía de la responsabilidad penal de dilaciones indebidas.

Tras reconocer los hechos, el acusado –con la conformidad del Ministerio Fiscal y de la acusación particular- asumió una condena de 12 años y 6 meses de prisión, con inhabilitación absoluta durante el tiempo de la condena, así como la medida de libertad vigilada por un período de 10 años y con cumplimiento de las siguientes medidas:

- Obligación de estar siempre localizable mediante aparatos electrónicos que permitan su seguimiento permanente.

- Comunicar inmediatamente, en el plazo máximo y por el medio que el juez o tribunal señale a tal efecto, cualquier cambio del lugar de residencia o del lugar o puesto de trabajo.

- Prohibición de aproximarse y comunicarse con los dos hijos y los dos hermanos la víctima.

Abono de costas.

En concepto de responsabilidad civil, el acusado indemnizará a cada uno de los dos hijos de la víctima con 200.000 euros y con 100.000 euros a cada uno de sus dos hermanos, más los intereses legales correspondientes.

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