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José Luis Iglesias Riopedre, en los Juzgados, durante una de las comparecencias del juicio. Pablo Lorenzana.
Los condenados por el 'caso Renedo' piden su absolución aduciendo que policía y jueces se excedieron

Los condenados por el 'caso Renedo' piden su absolución aduciendo que policía y jueces se excedieron

Riopedre alega que le reprochan contratos gestionados por su sucesor en Educación

Ramón Muñiz

Gijón

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Miércoles, 22 de mayo 2019, 15:16

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El Tribunal Supremo delibera ya cuál es la sentencia definitiva que impone en el 'caso Renedo', una trama de corrupción en Asturias que tuvo su epicentro en la Consejería de Educación pero se extendió por otros departamentos. La Audiencia Provincial ya puso su sentencia en septiembre de 2017, repartiendo 40 años de cárcel entre los principales procesados, pero los recursos de casación de los señalados dejaron en suspenso el cumplimiento de la pena. El Supremo tiene ahora en sus manos fijar la decisión definitiva, pudiendo absolver a parte de los ahora condenados, ordenar la repetición del juicio, o confirmar las penas anunciadas en 2017. Antes de tomar emitir su veredicto, esta mañana la Sala de lo Penal ha concedido diez minutos a cada abogado para que remarcara sus argumentos. Una vez concluida la vista, los magistrados deben deliberar y redactar la sentencia definitiva, lo que llevará «varios meses», según las fuentes jurídicas consultadas.

Durante la vista las defensas han intentando dar la vuelta al relato, presentando a sus clientes como víctimas de diversas vulneraciones de derechos que habrían sido cometidas por los agentes del Cuerpo Nacional de Policía y los dos magistrados que estuvieron al frente de la instrucción, esto es, Ana López Pandiella y Ángel Sorando. En base a esos posibles excesos reclamaron la absolución o rebaja de las condenas. También fue motivo de alegación generalizado el retraso que habría acumulado una causa que empezó a investigarse hace nueve años; en caso de sentencia desfavorable las defensas intentan que se rebajen las penas para compensar estas supuestas dilaciones indebidas.

Sergio Herrero, el defensor del exconsejero José Luis Iglesias Riopedre, fue quien había solicitado la vista y el primero en intervenir. Entre otros argumentos, señaló que la sentencia de la Audiencia imputa a su cliente irregularidades en contratos de obra que en realidad le habría tocado gestionar a su sucesor al frente del departamento. Cabe recordar que Iglesias Riopedre y su número 2, María Jesús Otero, dimitieron de la consejería en agosto de 2010, después de que ella recibiera un soplo por parte de una empleada de Cajastur que la alertó de que tenía a la policía indagando en sus cuentas. En el momento en el que dejaron la consejería los agentes llevaban unos meses 'pinchando' el teléfono de Otero y hay contratos y encargos que quedaron a medio resolver. El abogado del consejero adujo que la firma que puso su cliente en algunos contratos no le responsabilizaba completamente de los mismos, pues era una firma debida ya que el expediente llegaba ya tramitado por parte del personal de la consejería.

En el mismo sentido Ana Muñiz, la abogada de María Jesús Otero, indicó que su cliente recibía los expedientes hechos y poco margen tenía para intervenir en ellos. «No tenía ningún interés» en que las obras de Educación acabaran en unas empresas u otras, apuntó. Otero, según su exposición, se limitaba a cumplir órdenes.

Miguel Valdés-Hevia, representante del empresario Víctor Muñiz (promotor de Igrafo) señaló que los autos para intervenir los teléfonos de los protagonistas de la trama carecían de motivación suficiente, lo que se debe anular el contenido de las escuchas y todo lo averiguado gracias a ellas. La decisión, de prosperar, dejaría el 'caso Renedo' prácticamente en nada, al quedar limitado a unos pocos manejos cometidos por la funcionaria Marta Renedo. Javier Diaz Dapena, en nombre del empresario Alfonso Carlos Sánchez (APSA), alegó que la causa se instruyó indebidamente en Gijón puesto que la mayoría de los hechos ocurrieron en Oviedo; eso, a su modo de ver, habría conculcado el derecho de su cliente a ser investigado por el juez predeterminado por la ley. Además incidió en que hay demasiados días de diferencia entre la orden de entrada y registro al domicilio y la empresa de Sánchez, y la irrupción efectiva de la magistrada y los agentes; esa demora o error en las fechas sería de enorme gravedad, apuntó, poniendo como ejemplo que «en una causa por narcotráfico no es lo mismo entrar en el sitio donde se cree que está la droga un lunes o un viernes, las cosas han cambiado de un día a otro».

En nombre de Marta Renedo habló su letrado José Carlos García, quien resaltó que de los tres magistrados de la Audiencia que pusieron la sentencia, dos ya habían resuelto recursos de apelación previos del 'caso Renedo', lo que «les contaminaba». Para reforzar su posición, recordó que en el juicio que se seguía en el mismo edificio contra los promotores del referéndum del 1-O, los magistrados que habían intervenido en los recursos durante la fase de instrucción se habían apartado del juicio precisamente para preservar esa neutralidad de quienes dicten sentencia. También recriminó a los agentes que investigaron a la funcionaria que en las escuchas que hicieron a su teléfono llegaron a transcribir las conversaciones que mantuvo con los dos letrados que entonces la asitían, lo que mermó su capacidad de defensa. Esteban Aparicio, concejal de Gijón y en este pleito abogado del colectivo Avall, se esforzó junto a la fiscalía y el letrado de Podemos Alberto Suárez, por repeler estos argumentos y defender el criterio y trabajo mantenido por los policías y magistrados asturianos. Si lo consiguieron o no, es algo que se conocerá en las próximas semanas.

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